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No pagar las cuotas de comunidad es un mal negocio

by Marina -- |08/05/2018 |0 Comments | administración de fincas, Asesoría, Inmuebles, Torrevieja | ,

Hoy en día, la Ley establece que el propietario de un inmueble está obligado al pago de los gastos y las derramas que le correspondan (en función de su cuota de participación), abonando dichas cantidades dentro del tiempo y en la forma que haya sido determinada por la Junta de propietarios.

Muchas veces nos encontramos con propietarios que no abonan los gastos comunes de comunidad. Existen varias vías para que la Comunidad de Propietarios pueda reclamar la deuda a un propietario moroso:

  1. Procedimiento Monitorio:

Para ello el presidente de la Comunidad puede interponer una demanda ante los Juzgados de Primera Instancia correspondientes a la localidad en la que esté situada la comunidad de propietarios, con las siguientes consecuencias para el demandado:

Si el demandado no comparece ante el Tribunal o no se opone a la demanda, el Juez ordenará la ejecución de los bienes del demandado, pudiendo ser embargados y subastados hasta cubrir la cantidad adeudada más los intereses, costas judiciales, gastos notariales, requerimientos extrajudiciales (ej. envío de Burofax), gastos de abogado y procurador.

En el caso que el propietario moroso se oponga a la petición inicial del proceso monitorio, la comunidad podrá solicitar en otro procedimiento declarativo, el embargo preventivo de bienes suficientes de aquel, para hacer frente a la cantidad reclamada, los intereses y las costas.

  1. Procedimiento Declarativo:

Juicio verbal o juicio ordinario, según el importe de las cuotas adeudadas sea inferior o superior a 6.000 €. En este procedimiento puede reclamarse directamente en la demanda que el juzgado acuerde el embargo preventivo de bienes del deudor o la anotación de la demanda en el registro de la propiedad, para asegurar que, aunque la vivienda se venda, el nuevo propietario conoce la deuda y tendrá que pagar la parte de las cuotas debidas que la ley le obliga.

Es conveniente que un profesional cualificado asesore a la comunidad sobre el tipo de procedimiento más conveniente a adoptar contra los propietarios morosos, y debemos recordar que la rapidez del procedimiento dependerá siempre del juzgado que, por turno, nos corresponda.

Recuerde, ante cualquier duda, NBA Consulting, Abogados y Asesores en Torrevieja, dispone de profesionales expertos en la materia que pueden asesorarle.

Artículo escrito por Geraldine Wanner. Especialista en Administración de Comunidades de NBA Consulting.

“BLOCKING” ACOSO VECINAL

by Marina -- |01/08/2017 |3 Comments | Abogado, Torrevieja | , , , , , , , , ,

Todos hemos oído hablar de  términos de origen anglosajón como el mobbing, bulling, stalking  que   describen  conductas  en las que una de las personas, destruye psicológicamente a la otra. Todas son formas de maltrato: el mobbing en el ámbito laboral, el bulling en el ámbito escolar, etc.

Pero, ¿Y el “blocking “?
Cuando la violencia o acoso vecinal se da en el ámbito de las comunidades de propietarios se llama “Blocking” mediante el cual, se trata de “bloquear” a un propietario, a parte de la Comunidad o incluso en su totalidad.

Este conflicto estaría incluido en el Art. 172 ter del Código Penal: ”Será castigado con la pena de prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses el que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado…”

Los problemas de convivencia se han dado siempre, sobre todo desde que las personas han pasado de vivir en el campo a la ciudad y a tener que hacerlo en comunidades de vecinos. Pero los problemas vecinales se resuelven, y es algo muy distinto del blocking.

            El blocking no es un conflicto entre vecinos, se trata del acoso que un vecino sufre por parte de otro de cara a hacerle la vida imposible. Un vecino la toma con otro simplemente para lograr su degradación psicológica y su objetivo último es que abandone su vivienda.

            No se  trata de “un problema de convivencia”, o “tonterías entre vecinos”; se trata de un continuo acoso con intenciones maliciosas, cruel, y acompañado de violencia psicológica, y a veces, física.

            Para que haya blocking, se necesita, un acosador, uno o varios acosados  y espectadores en el acoso. El acosador normalmente  empieza quejándose por algo concreto, no directamente a la víctima, sino a otros vecinos y al presidente de la comunidad. Quejas como que pone la televisión muy alta, que no saca a su perro, que no limpia su jardín, etc.  De esta forma el acosador consigue crear una mala imagen del acosado.

Es frecuente que el resto de los vecinos, dados los rumores, hagan también imposible la vida del acosado con comportamientos similares, alegando ”lo que han oído”.

Además de pequeñas cosas, como tirar basura en su buzón, pintadas, bloquear el ascensor, etc. El acoso se compone de  humillación pública de la víctima, intentos de agresión, daños a sus propiedades (casa, coche…) y también en muchos casos, la víctima sufrirá el castigo del silencio. Los vecinos procurarán evitar que se sospeche que han tomado partido, no sea que el acosador la tome con ellos.  El acosador crea un rechazo colectivo hacia la víctima y acaba con su reputación al focalizar hacia ella todo los conflictos. Cuando se llega a este punto, inevitablemente,  el acosador está consiguiendo su objetivo.

Incluso, en ocasiones,  el acosador puede aprovecharse de una situación de poder, cómo formar parte de la directiva de la comunidad  para conseguir sus propósitos.

Las consecuencias para las víctimas  y su entorno familiar son devastadoras : ansiedad, apatía, miedo a salir de casa, sentimientos de fracaso, impotencia y frustración, pérdida de la autoestima, alteraciones del sueño, agresividad e irritabilidad, aislamiento, malestar en las relaciones familiares, etc.

Muchas familias, acaban abandonando el lugar de residencia. El problema viene cuando no pueden hacerlo porque están pagando una hipoteca o no puedan permitirse un traslado.

Antes de llegar a esta fase,  de darlo todo por perdido, tenemos que intentar  resolver el conflicto.

Los propietarios que se sientan acosados pueden exponer su  situación en las Juntas de propietarios o hablarlo con su  Presidente. La ayuda de un psicólogo es necesaria para recuperar la autoestima; pero más importante es acudir a la policía y contratar un abogado  para defenderse.

En Barcelona existe ya una Fiscalía especializada en acoso vecinal e inmobiliario. El problema es que todavía no existe una cultura de denunciar esta clase de acoso por ser un tipo de delito nuevo que entró en vigor a partir de la reforma del Código Penal del 1 de julio de 2015.

 

Recuerde, ante cualquier duda, NBA Consulting, Abogados y Asesores en Torrevieja, dispone de profesionales expertos en la materia que pueden asesorarle.

Artículo escrito por Ana Catalá. Experta en gestión y administración de Comunidades y Finacas de NBA Consulting.

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