El Administrador de Fincas es la figura encargada de cumplir con las funciones de gobierno y conservación de los bienes encomendados y el asesoramiento de las cuestiones relativas a los bienes inmuebles que están recogidas en la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 20.

• Velar por el buen régimen de la comunidad, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.
• Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
• Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo de las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente, o, en su caso, a los propietarios.
• Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
• Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la Comunidad.
• Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.

El campo de actuación de dicha figura comprende todo el sector inmobiliario ya sean bien inmuebles rústicos o urbanos, en régimen de explotación directa, arrendamiento, centros comerciales, complejos deportivos, urbanizaciones con servicios, instalaciones y anejo etc..
Echar la vista atrás 30 años y recordar cómo eran los edificios, sus casas, portales … es una imagen de sencillez y simplicidad, con servicios tan básicos como la antena de televisión y en las mejores casas, el ascensor. Los vecinos se conocían y el presidente les recogía el dinero de su cuota previo recibo. El estilo de vida de aquellos años, el trato familiar entre los vecinos y la figura del conserje -en algunas fincas- facilitaba que todo estuviera en orden.
Desde entonces, el progreso de la sociedad ha llevado a un nuevo modelo de ciudad, con edificios más grandes, más urbanizaciones y mancomunidades; todo ello acompañado de un carácter de vida donde el bienestar y el confort importan.

Por lo tanto, la gestión y mantenimiento de los hogares es verdaderamente complejo, abandonando la simplicidad de las casas de antaño. Ahora los edificios están dotados de nuevas instalaciones como los grupos de presión, la detección de incendios, arquetas, descalcificadores, cámaras de seguridad, etc., más un amplio abanico de servicios de limpieza, desinsectación, nuevas redes de comunicaciones, más la suma de todos los mantenimientos de nuevos espacios comunitarios como jardines, piscinas, pistas deportivas, club social, aseos, etcétera.

La multiplicación de viviendas, propietarios de distintas nacionalidades, así como la normativa que regula el control de las inspecciones y revisiones de las instalaciones requieren de una especialización y profesionalización del sector inmobiliario, y de ahí que el Administrador de Fincas se haya convertido en el profesional que abarca conocimientos multidisciplinares en áreas tan diversas como la jurídica, administrativa, económica y técnica, entre otras muchas, que lo capacitan desde el conocimiento y la experiencia, para dar soluciones a los problemas aportando tranquilidad a los vecinos.

Por lo tanto, se hace evidente que el Administrador de Fincas colegiado de una comunidad de propietarios es una figura importante que debe estar en manos de auténticos profesionales siendo una de las mayores ventajas que el Administrador de Fincas está en constante formación e interioriza la legislación vigente que varía constantemente a través de Colegio de Administración de Fincas. Pudiendo brindar soporte jurídico cada vez que un vecino – o la comunidad completa – lo necesite. Además de estar capacitados para gestionar conflictos, mediar entre los vecinos y resolver cualquier tipo de problema que pueda surgir en los inmuebles.

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