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FONDOS DE RECUPERACIÓN EUROPEOS. IMPULSO A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS

 

A nivel europeo, la gestión de los fondos viene recogida en el Reglamento 2020/2094, de 14 de diciembre de 2020. A nivel nacional, el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, que establece las medidas adoptadas para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Las subvenciones a las que pueden acceder las comunidades de propietarios tienen que estar relacionadas con obras para la instalación de energías renovables, entre ellas los paneles fotovoltaicos y solares, además de aquellas que conlleven el aislamiento de fachadas y ventanas, instalaciones eléctricas más eficientes, control y gestión de la energía, entre otros. Para hacerlo EL Real Decreto ley se ha modificado por la Ley 10/2022, y establece lo siguiente:

  • Es obligación de los propietarios contribuir al fondo de reserva obligatorio, que puede ser destinado a la realización de obras de accesibilidad y eficiencia energética.
  • Para la realización de obras de rehabilitación para la mejora de la eficiencia energética del edificio o la implantación de fuentes de energía renovable, será suficiente el voto de la mayoría simple de los propietarios. Dicha mayoría será necesaria para solicitar las ayudas y financiación de las obras.
  • Se pueden acordar medidas contra la morosidad, como intereses superiores al interés legal o la privación temporal del uso de servicios o instalaciones no esenciales para la habitabilidad de la finca.
  • Establece que tienen la condición de gastos generales y, por ello, los propietarios/as están obligados a contribuir a su pago.

DEDUCCIONES EN EL IRPF

A las comunidades de propietarios se les reconoce  personalidad jurídica propia, pero solo para solicitar créditos o financiación para la mejora de la eficiencia energética de los edificios de viviendas. Para el resto de cuestiones siguen siendo los propietarios/ as a nivel individual los titulares de derechos y obligaciones, y no la Comunidad de Propietarios.

 La norma recoge tres tipos de deducciones en el IRPF:

 – Deducción de un 20% para mejorar la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada siempre que se reduzca un 7% la demanda de calefacción y refrigeración

 – Deducción de un 40% para mejorar la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para que se consiga una reducción del 30% del consumo energético.

 – Deducción de un 60% para obras de rehabilitación de uso residencial que reduzcan un 30% el consumo energético.

Las juntas de propietarios pueden aprobar proyectos de rehabilitación teniendo en cuenta el contenido del libro del edificio existente para la rehabilitación.

CERTIFICACION ENERGÉTICA

  • En las ayudas concedidas a la Comunidad de Propietarios, la deducción se aplicará al pago realizado por cada propietario.
  • Se establece que se ha de reducir del consumo de energía, como mínimo, un 30%, y tras la rehabilitación la calificación de la Certificación Energética ha de ser A o B.

¿Y SI LA SUBVENCCIÓN LA SOLICITA UN PROPIETARIO PARA SU VIVIENDA PARTICULAR?

  • Los propietarios, usufructuarios o arrendatarios que lleven a cabo obras en su vivienda de mejora de la eficiencia energética, podrán deducirse los porcentajes en su IRPF.
  • Para poder realizar la deducción, han de reducir, como mínimo, el 7% de su demanda de calefacción y refrigeración, o rebajar el consumo de energía no renovable, como el carbón, el gas o el gasoil.
  • Estas reducciones han de justificarse con mejora en la calificación del Certificado de Eficiencia Energética.
  • Hay que aportar las facturas de las obras realizadas.

Para consultar las ayudas, puede buscar información en: https://planderecuperacion.gob.es/como-acceder-a-los-fondos/convocatorias .

DELIMITACIÓN DE ENTORNOS RESIDENCIALES DE REHABILITACIÓN PROGRAMADA

El concejal secretario de la Junta de Gobierno Local de Torrevieja informó acerca de la aprobación de la “Delimitación de entornos residenciales de rehabilitación programada”, para lo que el Ayuntamiento de Torrevieja solicitará una subvención a la Unión Europea de 7,5 millones de euros que repercutirán en beneficio de los ciudadanos de Torrevieja.

Para ello se analizan 3 ámbitos de actuación que cumplen con los requisitos por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que son los siguientes:

Ámbito 1. Delimitado por la Colonia San Esteban.

Ámbito 2. Delimitado por la calle Torresal y calle Patricio Pérez.

Ámbito 3. Delimitado por las calles Urbano Arregui, Sorolla, Rafal, Solana, Guardamar, Doctor Gregorio Marañón, Doña Sinforosa, Santomera, Los Portalicos, San Miguel de Salinas, Santomera, Greco, Ribera, Rubens…

Federico Alarcón ha indicado que será la Generalitat Valenciana la que dará el visto bueno para, posteriormente, el Ayuntamiento instalar la Oficina de vivienda Xaloc, para que los ciudadanos, propietarios de viviendas o comunidades de propietarios puedan acudir a presentar trámites en materia de vivienda, rehabilitación de edificios y regeneración urbana, así como para recibir información relacionada. De esta forma, se dispondrá de información más cercana para mejorar la situación de la vivienda en Torrevieja.

Además se indicó que en la Oficina Xaloc se podrán solicitar las ayudas para mejorar las viviendas en materia de eficiencia energética, instalación de nuevos sistemas de energía, paneles solares, aislamiento, renovación de fachadas y cubiertas, etc.

Asimismo, el 15% de esos 7,5 millones de euros de subvención irán destinados a la rehabilitación urbana (reasfaltado, itinerario peatonal, reordenación de aceras, accesibilidad, etc.)

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