Filomena: caos, nieve y ¿reembolso o indemnización del vuelo cancelado?

Filomena: caos, nieve y ¿reembolso o indemnización del vuelo cancelado?

|15/01/2021 | Abogado, Filomena

Poco a poco la borrasca Filomena comienza a alejarse de los cielos españoles dejando tras de sí graves consecuencias sobretodo en el centro peninsular, y aunque todo vuelve lentamente a la normalidad, los desplazamientos por carretera y aéreos se han visto mermados.

Son muchas las aerolíneas que se han visto obligadas a cancelar viajes, pero ¿Qué pasa con el dinero del billete? ¿Hay posibilidad de reembolso o indemnización?

Según el Ministerio de Consumo, aquellas cancelaciones relacionadas con una mala climatología obligan a la compañía a informar de la cancelación del vuelo a sus clientes, así como a ofrecer servicio de asistencia y en la mayoría de los caso están obligados a ofrecer el reembolso del dinero o en su defecto, un transporte alternativo para completar el trayecto entre el aeropuerto y el destino final. En cualquier caso las aerolíneas no están obligadas a pagar a los damnificados una indemnización por la no realización del vuelo, aunque esto no implica que algunas compañías puedan pagar esa cuantía extra que se añadiría a la del reembolso.

¿Existen condiciones para el reembolso del dinero?

Lo cierto es que sí: el reembolso del dinero debe efectuarse en un máximo de 7 día y además, según recoge la Agencia Española de Seguridad Aérea, deberá ofrecer al cliente un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más pronto posible.

¿Bono o reembolso?

Desde el ministerio de Consumo recuerdan que, aunque algunas compañías ofrecen la posibilidad de ofrecer un bono por el importe para canjear en los próximos meses, su existencia no suprime el derecho del viajero a optar por el reembolso si así lo desea.

Opción C: Transporte alternativo para completar el recorrido.

En caso de que, como cliente no quiera que le reembolsen el dinero y la aerolínea no le haya ofrecido un bono para canjear en el futuro, la compañía debe ofrecer un medio de transporte alternativo que permita completar el trayecto lo antes posible.

¿Cuándo debe informar la compañía de que el vuelo se ha cancelado?

En caso de cancelación o retraso, la compañía deberá informar a los pasajeros con antelación, vía telefónica o mediante e-mail. Además deberá proporcionar comida y bebida suficiente e incluso alojamiento y transporte en caso de que se deba pernoctar.

¿Y si el temporal no me permite llegar a coger el avión?

En caso de que el vuelo no se haya cancelado pero el viajero no consiga llegar a la terminal debido a la climatología debe asegurarse si, en las condiciones de contrato, existe la posibilidad de cancelar su viaje o una alternativa para aplazarlo.

Si la compañía aérea no ha cumplido con ninguna de estas obligaciones debe reclamar a la misma el importe del dinero. El siguiente paso será presentar una reclamación ante la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA) y, en última instancia acudir a los tribunales.

Si se encuentra en esta situación, en NBA Consulting le asesoramos y le guiamos en el proceso para lograr el reembolso del dinero y la indemnización correspondiente si fuese oportuno.

NBA Consulting, a su lado, desde siempre.

NBAConsulting , tu bufete jurídico y asesoría en Torrevieja.

Compartir Artículo:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Llámanos
Cómo Llegar
× WhatsApp Chat