El Consejo de la UE en la Directiva 2022/382/CE ha aprobado la Decisión por la que entra en aplicación la Directiva 2001/55/CE del Consejo, sobre protección de personas desplazadas y que permitirá automáticamente a los ucranianos desplazados residir, trabajar o estudiar en la Unión Europea un año prorrogable hasta tres años, sin tener que solicitar asilo.
¿Podré trabajar mientras estoy en España? ¿Qué derechos me otorga la protección temporal?
- Concede un permiso de residencia y trabajo.
- Este es válido durante toda la duración de la protección.
- Las personas beneficiarias de la protección temporal tienen derecho a lo siguiente:
- Trabajar por cuenta propia o ajena,
- Acceder las prestaciones previstas en el sistema de acogida.
- Atención médica.
- Los menores de dieciocho años tendrán, asimismo, derecho a acceder a la educación en las mismas condiciones que los nacionales del país de la UE de acogida.
¿Quién puede solicitar Protección Temporal?
- Nacionales ucranianos en situación de estancia en España antes del 24.02.2022 que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
- Nacionales de terceros países o apátridas que residieran legalmente en Ucrania sobre la base de un permiso de residencia legal válido (sea permanente u otro tipo como estudiantes) expedido de conformidad con el derecho ucraniano y no pueden regresar a su país o región de origen en condiciones seguras.
- Nacionales de Ucrania que se encontraban en situación irregular en España antes del 24.02.2022 y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
- Miembros de sus familias (salvo para el tercer supuesto de situación irregular): (i) cónyuge o pareja de hecho; (ii) hijos menores solteros o de su cónyuge; (iii) otros parientes cercanos que dependieran de ellos.
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