Con fecha 02 de mayo de 2023, ha sido notificada Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo de Alicante, en la que se estima la demanda de impugnación de las resoluciones de denegación de las renovaciones autorizaciones de los permisos de residencia dictados por la Subdelegación del Gobierno en Alicante.
Este despacho, en defensa de los intereses de nuestros clientes, impugnó las resoluciones dictadas por la Oficina de Extranjería de Alicante que denegaban las renovaciones de residencias por la supuesta infracción del artículo 162.2.e) del RD 557/2011 de 20 de abril, es decir, por no haber permanecido durante más de seis meses en el período anual en el territorio nacional.
La Subdelegación del Gobierno no había tenido en cuenta la circunstancia excepcional que justificaba la ausencia y la imposibilidad de regreso en el plazo reglamentario, causada por el padecimiento de nuestros clientes de la COVID-19 y el consiguiente período de cuarentena obligatorio.
Si bien, la Oficina de Extranjería alegaba que no cabe ninguna excepción a la norma y que no se puede apreciar ninguna causa que justifique la ausencia, el Juzgado Contencioso-Administrativo, apreciando los argumentos de nuestros profesionales, entendió que la norma no debe ser interpretada con excesivo rigor y por ello cabe tener en cuenta las circunstancias excepcionales de los interesados.
Por lo expuesto, se estimó la demanda formulada por la dirección letrada de este Despacho, acordando la concesión de las renovaciones de los permisos de residencia.