Modelo 347, Declaración de operaciones con terceras personas

Modelo 347, Declaración de operaciones con terceras personas

|31/01/2022 | Asesoría, Asesoría Fiscal

¿Qué es el modelo 347?

Es una declaración informativa anual, que la deben presentar tanto las personas físicas en régimen de autónomos, como las personas jurídicas, en las que se detalla las operaciones con clientes y/o proveedores siempre que superen el conjunto de las mismas los 3005.06 euros anuales (incluido IVA).

Proveedores y clientes deben presentar el modelo 347 de forma que la Administración cruce datos y pueda validar la información declarada.

¿Excepciones a la obligación de su presentación?

Entre otras podemos destacar:

  • Los que no realicen operaciones en su conjunto, con respecto a una persona o entidad durante el año, mayores de 3.005,06 euros.
  • Cuando no se tiene en España la sede principal de la actividad.
  • Las personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas que tributen en IRPF por el método de estimación objetiva y en el IVA simultáneamente por el régimen simplificado, de agricultura, ganadería y pesca o recargo de equivalencia. Salvo operaciones excluidas de la aplicación de dichos regímenes o por las operaciones por las que emitan factura.
  • Los obligados tributarios que tengan que informar sobre las operaciones incluidas en los libros registro. Esto es los que se encuentren inscritos en el Régimen de Devolución de IVA mensual o en el sistema SII.
  •  Las entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios, que se reflejan en el modelo 349.         

¿Plazo para su presentación?

Plazo de presentación: del 1 de febrero al 28 de febrero de 2022.

¿Forma de presentación?

Telemática por Sede Electrónica de la Agencia Triburaria.

Recuerde, ante cualquier duda, NBA ConsultingAbogados Asesores en Torrevieja, dispone de profesionales expertos en la materia que pueden asesorarle.

Artículo escrito por María José Martínez. Especialista en Contabilidad Empresarial de NBA Consulting Torrevieja.

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