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EFECTOS DEL ESTADO DE ALARMA EN LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA PARA ESTUDIANTES.

EFECTOS DEL ESTADO DE ALARMA EN LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA PARA ESTUDIANTES.

|19/05/2020 | Sin categoría

Durante el año, muchos estudiantes se desplazan a otras ciudades, alquilando viviendas para residir cerca de la universidad o centros de estudio.

Como consecuencia de la declaración del Estado de Alarma, y la finalización anticipada del curso académico, mucha gente se pregunta si pueden desistir del contrato de arrendamiento.

Si bien la Ley de Arrendamientos Urbanos recoge en su art. 11 la posibilidad de desistir del contrato, esto no es aplicable a los contratos de vivienda para estudiantes, dado que el Tribunal Supremo, en reiteradas ocasiones, los ha determinado como contratos de temporada (art. 3.2 LAU) y no como contratos de arrendamientos para vivienda habitual (art. 2.1 LAU), sin perjuicio de que las partes lo hayan previsto en el contrato.

Si el contrato no recoge ninguna cláusula que resuelva el impacto de la pandemia en la relación contractual, como puede ser el derecho de desistimiento, en estos casos, se podrían dar los presupuestos jurídicos para aplicar la cláusula rebus sic stantibus en su modalidad más intensa, acogida por el Tribunal Supremo en su doctrina jurisprudencial más reciente (SSTS de 18 de julio de 2019 y de 6 de marzo de 2020), con efectos resolutorios del contrato.

Para que la cláusula rebus sic stantibus tenga efecto resolutorio, un suceso de fuerza mayor tiene que frustrar la finalidad del contrato, haciendo desaparecer la causa del negocio de forma sobrevenida y ajena a la voluntad de las partes, produciendo la ineficacia del contrato.

Estando la finalidad de este tipo de arrendamientos, que es morar en la vivienda para poder asistir a las clases académicas, ligada a la existencia del curso académico, y éste ha finalizado anticipadamente debido a la crisis sanitaria, la finalidad del contrato ha desparecido, y por tanto el contrato de arrendamiento es ineficaz.

Para cualquier consulta al respecto de éste, y cualesquiera otras cuestiones relacionadas, pueden contactar con ustedes a través de nuestro teléfono 965 71 86 96, email (Info@nbaconsulting.es; felicia.martinez@nbaconsulting.es) o página web NBACONSULTING.ES.

Trabajamos por defender sus intereses.

Artículo escrito por Felicia Martínez. Especialista en Derecho civil contractual y extracontractual e inmobiliario y de la construcción, Derecho de familia y de sucesiones.

Y Melanie Fahnestich – nuestra incorporación al departamento jurídico, licenciada en derecho..

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