Informática

Nuevos cambios en materia de protección de datos

by Marina -- |03/04/2018 |1 Comments | Abogado, Asesoría, Informática, Torrevieja | , ,

A partir del próximo 25 de mayo de 2018, comienza a aplicarse en España el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2017 (”RGPD”). Dicho Reglamento surge como consecuencia del auge de la rápida evolución tecnológica y de la globalización que ha facilitado la libre circulación de datos de carácter personal y convierte en imprescindible establecer un marco de protección más sólido que el que hasta la fecha se estaba aplicando.

 

¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A ADAPTARSE AL NUEVO REGLAMENTO EUROPEO?

 

Todos aquellos profesionales, ya sean autónomos, pymes, sociedades, comunidades de propietarios, asociaciones y entidades de cualquier otro todo tipo que, en el ejercicio de su actividad profesional, traten datos de carácter personal –datos identificativos de la persona, tales como nombre y apellidos, fecha de nacimiento, teléfono, correo electrónico, número de cuenta bancaria, sexo, edad, imágenes, etc.-.

 

¿CUÁLES PUEDEN SER LAS CONSECUENCIAS DE NO ESTAR ADAPTADO AL REGLAMENTO EUROPEO?

 

La Agencia Española de Protección de Datos (“AEPD”) no sólo realiza inspecciones de oficio, sino que también las hace en caso de que exista denuncia por parte de un trabajador, un cliente insatisfecho e incluso nuestra propia competencia, estableciendo sanciones que, con el nuevo RGPD pueden ascender como máximo hasta 10 millones y 20 millones de euros o hasta el 2 % y 4 % del volumen de negocio anual global, dependiendo del alcance de la infracción cometida y de la entidad que la cometa.

 

¿CÓMO PUEDO ADAPTARME AL REGLAMENTO EUROPEO?

 

Dependiendo del tipo de datos de carácter personal que se estén tratando, en el uso de una actividad profesional, –datos meramente identificativos, raciales, médicos, de infracciones y sanciones, etc.-, y del uso que se les esté dando –uso interno básico para la prestación del servicio, publicidad online, redes sociales, etc.-, las obligaciones que impone la AEPD son diferentes, elaboración de un Documento de Seguridad, establecimiento de Medidas Técnicas y Organizativas, elaboración de una Evaluación de Impacto de Protección de Datos, elaboración de un Protocolo de Información, de Prestación de Consentimiento y de Ejercicio de Derechos, nombramiento de un Delegado de Protección de Datos, etc.

 

¿CÓMO PODEMOS AYUDARTE A ADAPTARTE AL REGLAMENTO EUROPEO?

 

Desde NBA Consulting podemos hacer un estudio personalizado actual sobre el nivel de adaptación a la normativa de protección de datos, elaborar todos los Documentos, Formularios, Modelos de Contratos, Registros e Informes que la normativa en materia de protección de datos exige, impartir la formación exigida por la normativa, adaptar vuestra página web y comunicaciones electrónicas, auditar vuestras adaptaciones, asistiros ante la AEPD y acompañaros, en general, en la adaptación y cumplimiento del Reglamento Europeo.

Recuerde, ante cualquier duda, NBA Consulting, Abogados y Asesores en Torrevieja, dispone de profesionales expertos en la materia que pueden asesorarle.

Artículo escrito por Carmen Sevilla, especialista en Especialista en Procedimientos Administrativos, Contencioso Administrativos, Tributarios y Bancarios  y Máriam Rodríguez, nuestra recién incorporada al equipo jurídico licenciada en derecho y máster en abogacía.

Mariam Rodriguez y Carmen Sevilla - Abogadas en NBa Consulting Torrevieja

LOS MULEROS DE LA INFORMATICA

by Marina -- |12/03/2018 |0 Comments | Abogado, Informática, Internet, Penal, Torrevieja

El término “mulero” es muy conocido aplicado al narcotráfico; es decir se utiliza esta denominación para referirse al transportista de droga en pequeñas cantidades; no obstante, últimamente, también se  ha abierto camino aplicado a otro transportista: el de dinero que, cuando es obtenido a través de una manipulación informática se le pone el apellido que hemos señalado enel título del presente.

Así pues, la labor de esta persona consiste, generalmente, en recoger un dinero de una corriente a su nombre y transferirlo, vía Western Union o servicio similar a otra cuenta corriente de otro país. Hay que decir que el dinero llega a esa cuenta receptora a través de una obtención fraudulenta de las claves de las cuentas de terceras personas, en un proceso que se denomina como “phising”, toda vez que lo que el primer paso de este mecanismo consiste en una “pesca  de datos” por medio de una duplicación y simulación de páginas de bancos en las que sele pide al internauta una serie de datos, entre ellos sus claves, con cualquier pretexto.

A partir de aquí y este es el segundo problema del que queremos advertir se ofrece al futuro mulero un trabajo vía internet, cuyo cometido ya hemos relatado con anterioridad y que presenta, en las formalidades que se muestran, todas las garantías de ser  perfectamente legal, consistiendo su remuneración en un porcentaje delas cantidades que transfiera y que oscila entre el 5 y el 10%.

Ahora bien, a pesar de todas las apariencias quien acepte lleva a cabo estas tareas puede incurrir en responsabilidad penal por  varias vías, que dependen del hecho concreto  y sobre las que los tribunales no ofrecen una respuesta unánime en cuanto al tipo a aplicar. Estas vías son la de la receptación, el blanqueo de capitales o bien la estafa como colaborador necesario.

Es decir, ante un trabajo aparentemente legal, se puede llegar a una condena, pues los tribunales entienden que quien estas labores efectúan, al menos a partir de 2007 que se supone los conocimientos de la red se han hecho comunes, se sitúa, en el mejor de los casos en una posición de ignorancia deliberada que elimina cualquier posible inclusión en la doctrina del error; o bien supone un aprovechamiento lucrativo de bienes procedentes del delito; o, incluso una contribución a su disimulo.

Cabe, sin duda, que el procedimiento también acabe en absolución, pero, como decimos, serán las circunstancias del hecho las que determinen el resultado del proceso.

Viene todo esto a hacer una pequeña aportación a la cantidad de voces que ponen de relieve la proliferación de datos falsos en las redes sociales, advirtiendo, en este caso, sobre determinadas  ofertas de trabajo vía internet.

Recuerde, ante cualquier duda, NBA Consulting, Abogados y Asesores en Torrevieja, dispone de profesionales expertos en la materia que pueden asesorarle.

Artículo escrito por Enrique García. Especialista en procedimientos judiciales penales.

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