nbaconsulting

¿CÓMO RECUPERAR LOS GASTOS DE FORMALIZACIÓN DE TU HIPOTECA?

by Marina -- |21/08/2017 |1 Comments | Abogado, Asesoría | , , , , , , , ,

Si has firmado en algún momento un préstamo hipotecario con cualquier entidad financiera y has pagado íntegramente todos los gastos por la constitución de la misma (Registro, Notaría, Impuesto, Gestoría, Tasación…) sigue leyendo este artículo y te explicamos cómo reclamar su devolución, con independencia de que tu hipoteca esté vigente o cancelada.

¿Por qué puedo reclamar los gastos?
El 23 de diciembre del 2015 el Tribunal Supremo dictó Sentencia a través de la cual declaró, por primera vez, abusiva y nula la cláusula que imponía al prestatario el pago de todos los tributos, comisiones y gastos derivados de la constitución del préstamo hipotecario.

Dicha Sentencia dio el pistoletazo de salida a multitud de reclamaciones a través de las cuales los consumidores reclaman a las entidades financieras los gastos de formalización de sus hipotecas, por entender que la cláusula que les impuso el pago íntegro de todos los gastos es una cláusula abusiva y nula, al no hacer un reparto equitativo de gastos e imponer indiscriminadamente todos los gastos al prestatario, sin distinción alguna.

En este sentido se han pronunciado ya numerosas Audiencias Provinciales. Entre ellas, SAP de Alicante (4.11.2016), SAP de Murcia (25.02.2016), SAP de Zaragoza (5.01.2017 – 13.01.2017), SAP de Asturias (27.01.2017 – 1.02.2017), SAP de Barcelona (Sentencia 18.11.2015 – 17.10.2016), SAP de Pontevedra (28.03.2017), etc.

¿Qué gastos puedo reclamar?

  • Notaría
  • Registro de Propiedad
  • Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)
  • Gestoría
  • Tasación de la vivienda

¿Qué tengo que hacer para reclamar?
La reclamación se puede presentar extrajudicialmente, lo que será menos costoso y más rápido para el cliente y, para aquellos casos en los que la entidad financiera desestime la reclamación, habrá que acudir a la vía judicial. 

¿Cuánto puedo recuperar?
La cuantía de la reclamación variará en cada caso, dependiendo del importe, del año de suscripción del préstamo hipotecario, así como de la entidad financiera.

NO TODAS LAS HIPOTECAS SON IGUALES, NO TODAS LAS CLÁUSULAS SON IGUALES y NO TODOS LOS CLIENTES PUEDEN RECLAMAR LOS MISMOS GASTOS”. Es por ello por lo que recomendamos el asesoramiento de un experto en la materia para que analice su caso y la mejor manera de enfocar su reclamación.

Recuerde, ante cualquier duda, NBA Consulting, Abogados y Asesores en Torrevieja, dispone de profesionales expertos en la materia que pueden asesorarle.

Artículo escrito por:

Carmen Sevilla , abogada especialista en Procedimientos Administrativos, Contencioso Administrativos, Tributarios y Bancarios .

Mariam Rodríguez, nuestra nueva incorporación al departamento jurídico, licenciada en derecho.

NBa consulting - Abogados y Asesoria en Torrevieja

SII – El nuevo Sistema de gestión del IVA

by Marina -- |25/05/2017 |1 Comments | Asesoría, Torrevieja | , , , ,

La Agencia Tributaria ha creado un  nuevo mecanismo de “Suministro Inmediato de Información” (SII).

Se trata de enviar, mediante la Sede Electrónica, los registros de facturación de la empresa. Esto es Los Libros Registros de IVA de facturas recibidas y emitidas. No consiste en enviar las facturas físicas, sino mandar los Registros.

Dicha información se suministrara en el plazo de 4 días hábiles. Aunque durante los 6 primeros meses de implantación, el plazo que se dispondrá será de 8 días.

La entrada en vigor está prevista para el próximo día 1 de Julio de 2017. Para acogerse a este sistema, será necesario realizar la inscripción durante el mes de Junio del 2017, y la permanencia en este sistema será de 1 año.

¿Este Sistema es Obligatorio para todos los contribuyentes?

Es un Sistema obligatorio para algunos colectivos, y voluntario para todo aquel que desee inscribirse. Los colectivos que se ven obligados suministrar dicha información son los siguientes:

  • Aquellas empresas cuyo volumen de facturación supere los 6 millones de Euros.
  • Pertenecientes a Grupos de IVA.
  • Aquellos que estén inscritos en el Registro de Devolución de IVA Mensual.

Por otra parte, el acogerse a este sistema, tiene una serie de “ventajas”, cabe destacar las siguientes:

  • Se amplía en 10 días más el plazo para presentar las autoliquidaciones.
  • No tendrán obligación de presentar el modelo 347 (declaración informativa operaciones superiores a los 3.000€),
  • Tampoco tendrán que realizar el Modelo 340 ( libros registro)
  • Ni el resumen anual del IVA, esto es, modelo 390.
  • Se podrá contrastar la información de los libros con los suministrados por clientes y proveedores.
  • Los plazos para las devoluciones se verán mermados, ya que la administración dispone de más información.
  • Se reducirá el número de Requerimientos emitidos con el fin de solicitar los Libros de Registros de Facturación

Recuerde, ante cualquier duda, NBA Consulting, Abogados y Asesores en Torrevieja, dispone de profesionales expertos en la materia que pueden asesorarle.

Artículo escrito por Fina Sánchez. Especialista en Asesoría Fiscal de NBA Consulting.

Llámanos
Cómo Llegar
× WhatsApp Chat