INTERNACIONAL

RESIDENTES BRITÁNICOS

by Marina -- |10/02/2021 |49 Comments | Abogado, INTERNACIONAL

Soy británico y resido en España ¿Cómo me afecta el Brexit?

Desde el pasado 01 de enero de 2021, el Reino Unido dejó de formar parte de la Unión Europea y ha pasado a ser un país extracomunitario.

Según la última actualización del Instituto Nacional de Estadística, el INE, unas 262.200 personas británicas viven en España, convirtiéndose en la cuarta nacionalidad foránea, sólo por detrás de marroquíes, rumanos y colombianos. De toda la población de extranjeros procedentes del Reino Unido que residen en nuestro país, una cuarta parte lo hace en la Costa Blanca.

¿Cómo puedo regularizar mi situación?

Aquellos ciudadanos británicos que residan en España y no tengan el certificado de registro ni hayan regularizado su situación durante el período transitorio (desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de 2020), es fundamental y urgente que presenten su documentación para obtener el documento de residencia en aras a la permanencia legal  en nuestro país.

Ya dispongo de certificado ¿Tengo que realizar algún trámite?

Los ciudadanos que ya disponen del certificado de registro, no tienen necesidad de realizar ningún trámite adicional y podrán seguir disfrutando de sus derechos sin ningún tipo de limitación. No obstante, es recomendable que efectúen el cambio y soliciten el nuevo documento de residencia ya que este último sigue el modelo establecido a nivel europeo y reconoce expresamente la condición de beneficiarios del Acuerdo de Retirada.

¿Dónde y cómo presentar el documento de residencia?

La presentación del documento de residencia se realiza de forma telemática, lo que agiliza el proceso y evita desplazamientos a las oficinas de extranjería.

En NBA Consulting podemos asesorarles y realizarle los trámites oportunos para regularizar su situación conforme a la nueva normativa. Nuestro equipo de abogados y asesores solucionarán cualquier dificultad que tenga con su permiso de residencia, siempre de acorde a sus intereses.

NBA Consulting, abogados en Torrevieja.

PERMISO DE RESIDENCIA CIUDADANOS BRITÁNICOS

by Marina -- |29/07/2020 |1 Comments | Abogado, INTERNACIONAL, Torrevieja

Como es de común conocimiento, desde el pasado 31 de enero de 2020, Reino Unido dejó de formar parte de la Unión Europeo, estableciéndose un período transitorio que durará hasta el próximo 31 de diciembre de 2020, a tenor del Acuerdo de Retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea.

A su vez, el pasado 04 de julio de 2020, se publicó una Instrucción elaborada por la Dirección General de Migraciones y de la Dirección General de la Policía, que determina el procedimiento que se ha de seguir para obtener el documento de residencia a los ciudadanos británicos que tienen fijada su residencia en el territorio español, cumpliendo con las previsiones del artículo 18.4 del Acuerdo de Retirada citado. A continuación, trataremos de responder a las preguntas que pueden surgir en relación a dicha Instrucción,

¿Si dispongo del certificado de registro del ciudadano de la Unión Europea, seguirá siendo válido tras la finalización del período transitorio?

  • Los certificados de registro (comúnmente denominados, “tarjetas verdes”) que los ciudadanos británicos hayan obtenido con anterioridad al inicio del período transitorio seguirán siendo válidos y suficientes para acreditar la estancia legal en España, si bien, se prevé la posibilidad de solicitar el documento de residencia, es decir, se puede optar por cambiar el certificado por el documento de residencia.

¿En qué supuestos se puede solicitar el cambio del certificado al documento de residencia?

  • Se prevén varios supuestos:
  • Ciudadanos británicos que tienen certificado de registro de la UE y que no han alcanzado los 5 años de residencia legal en España.

Podrán solicitar la expedición del documento de residencia ante las dependencias policiales, que se otorgará por un período de 5 años

  • Ciudadanos británicos que tienen certificado de registro de la UE y que han alcanzado los 5 años de residencia legal en España.

Podrán solicitar la expedición del documento de residencia ante las dependencias policiales, que se otorgará por un período de 10 años, teniendo la consideración de residencia permanente.

  • Ciudadanos británicos que tienen el certificado de registro de la UE permanente.

Podrán solicitar la expedición del documento de residencia permanente, ante las dependencias policiales, que se otorgará por un período de 10 años.

¿Si no dispongo del certificado de registro, tengo que solicitar el documento de residencia?

  • Aquellos ciudadanos británicos que no tienen certificado de registro de la UE, deberán solicitar el documento de residencia, bien en la oficina de extranjería de la provincia en la que residan, o bien de forma telemática, que se otorgará por un período de 5 años.

Dado que tras la finalización del período transitorio, Reino Unido ostentará la condición de un tercer país, fuera de UE, si no se obtiene el documento de residencia, se corre el riesgo de encontrarse en una situación irregular.

¿Se aplica a los familiares de los ciudadanos británicos?

  • El ámbito de aplicación de la Instrucción incluye tanto a los propios interesados como a sus familiares, quienes también podrán solicitar el documento de residencia.

¿Si planeo la entrada en España con posterioridad al período transitorio, de qué plazo dispongo para regularizar mi situación?

  • Aquellos ciudadanos que planeen su entrada a España una vez que se acabe el período transitorio, es decir, a partir del 1 de enero de 2021, dispondrán de un plazo de tres meses para solicitar el documento de residencia.

Desde NBA Consulting aconsejamos contar con un abogado especialista en la materia a fin de que analice cada caso en concreto, y se encargue de gestionar y tramitar el permiso de residencia.

Escrito por:
Carmen Sevilla , abogada especialista en Procedimientos Administrativos, Contencioso Administrativos, Tributarios y Bancarios .
Kristina Pútina, nuestra incorporación al departamento jurídico, licenciada en derecho.

Подача и продление резиденции во время Карантина

by Marina -- |22/05/2020 |3 Comments | Abogado, INTERNACIONAL

В соответствии с Королевским Декретом 463/2020 от 14.03.2020, который ввел Чрезвычайное Положение на территории Испании, все административные сроки приостановлены, а Миграционные Службы не принимают посетителей. В следствии этого, отвечаем на интересующие вопросы:

Что делать если срок действия карточки резидента истекает во время карантина?

– Не смотря на то что административные сроки приостановлены, Администрация рассматривает документы поданные в электронном виде, и на их основании выдаёт решения о продлении резиденций.

Что делать если пришло уведомление о необходимости предоставить недостающие документы в течение 10 дней?

Согласно вышеуказанному Декрету, документы нужно будет предоставить в течение 10 дней после того как будет отменено чрезвычайное положение.  Для ускорения процесса, документы можно подать в электронном виде и получить положительное решение до окончания карантина.

Что нужно для подачи документов в электронном виде?

– Администрация оборудовала специальную платформу через которую можно подать все документы при наличии электронно-цифрового сертификата.

Будут ли рассматриваться документы на инвесторскую визу/резиденцию?

– Да, все заявления будут рассмотрены, и исходя из предоставленных документов, будет принято положительное или отрицательное решение.

Специалисты НБА Консалтинг предоставят Вам полную консультацию по теме ВНЖ, а также помогут с онлайн подачей документов на получение или продление резиденции в Испании.

Escrito por Kristina Pútina, nuestra incorporación al departamento jurídico, licenciada en derecho.

La importancia de firmar un testamento en España/Why you must make a Spanish Will

by Marina -- |21/05/2020 |0 Comments | INTERNACIONAL

Most foreign owners of a property in Spain have never thought about how important having a Spanish will is, mainly if they have already signed a will in their countries.

A foreign will is absolutely legal to cover assets in Spain as inheritances are rule by the national law of the grantor –wherever assets are. However, the heritage is subjected to Spanish Inheritance Tax (only Spanish assets) and in Spain the term of payment is only of 6 months.

Then, taking into account these points, if you sign a will in Spain, the inheritance process will be easier, quicker and less complicated for your heirs. Think about the fact that making a foreign will valid to be used in Spain will require of sworn translations, Apostille of the Hague, Probates…lots of documents that may delay the inheritance signature and so the inheritance tax payment. At the end, high expenses, surcharges and penalties.

Signing a Spanish will is one of the easiest and cheapest procedures. You only have to explain to your solicitor the way you want to leave your assets in case of deceased. Solicitors can give you advice about the legality of the will content to be sure is made according to the Law. Moreover, they can draw a draft of the will in two languages, Spanish and your own language, so you can read it and confirm its content. After approval, your solicitor will arrange an appointment with a notary to make the will official and you will receive a copy to keep in your file of Spanish paperwork.

In conclusion, think about Spanish will as one of the documents you should have after buying a property in Spain.

BREVE ENTREVISTA SOBRE LAS DUDAS DE RESIDENCIA MÁS HABITUALES

by Marina -- |22/01/2020 |2 Comments | Abogado, Actualida, INTERNACIONAL, Torrevieja

1.- Una vez que un extranjero extracomunitario entra a España, ¿de qué plazo dispone para pedir una autorización de residencia?

Una vez que un extranjero extracomunitario entra a España, con un visado turístico, dispone de un plazo de 3 meses, para tramitar una solicitud de residencia, que le permita residir en España por un período superior.

En España hay diferentes vías para obtener el permiso, por arraigo, lucrativa, para estudios, por inversión, etc. Por lo tanto, habrá que analizar cada caso concreto para poder solicitar la residencia que más se ajuste a cada persona.

Debido al corto plazo del visado turístico y a las demoras de la administración, junto con la multitud de documentación a aportar en cada caso, traducciones juradas y demás trámites, recomendamos a todos los clientes extranjeros que pretendan solicitar una residencia en España, que inicien los trámites nada más aterrizar en España con su visado turístico, para evitar encontrarse en una situación irregular.

2.- Cuando un extranjero dispone de una tarjeta de residencia, pero reside una parte del año en su país ¿Puede renovar su permiso?

Para poder renovar, sin problemas, el permiso de residencia, el extranjero tendrá que residir en España más de seis meses durante el período de un año natural.

No obstante, hay algunas excepciones, como sucede en los supuestos de residencia de inversor, comúnmente denominada “golden visa”. Esta residencia se diferencia, principalmente, con el resto de tipos de residencias, en que para poder renovar la residencia, no se exige al extranjero residir en territorio español un mínimo de días.

3.- ¿En qué momento puede solicitar un extranjero residente en España la tarjeta de residencia permanente o de larga duración?

Una vez que pasen cinco años desde que sea titular de un permiso de residencia, de cualquier tipo.

No obstante, para poder obtener finalmente la tarjeta de residencia permanente o de larga duración tendrá que cumplir con una serie de requisitos adicionales y justificarlos debidamente frente a la admisión.

4. Un residente que haya obtenido su residencia por inversor, por la adquisición de un bien inmueble España ¿puede renovar la residencia si vende el inmueble durante el período de la primera residencia?

Para la renovación de la residencia del inversor es requisito indispensable que el inversor mantenga en España la inversión por la que se concedió la residencia. En este caso, si el inmueble ya no se encuentra en poder del inversor, el permiso de residencia no se podrá prorrogar.

En estos casos, habrá que estudiar bien cada caso concreto para poder solicitar un cambio de residencia, pudiendo continuar con una residencia de inversor, para aquellos casos en los que el inversor mantenga en España un patrimonio por el valor previsto por la administración.

5.- Un extranjero que haya obtenido la tarjeta de familiar comunitario por estar casado con un español, ¿puede perder la residencia en caso de un divorcio?

El divorcio no lleva aparejada la retirada automática del permiso de residencia pero, en caso de divorcio, habrá que comunicar dicho extremo a la oficina de extranjería y tramitar un cambio de residencia, que sólo se obtendrá si el extranjero cumple con determinados requisitos.

Artículo escrito por Carmen Sevilla. Especialista en Procedimientos Administrativos, Contencioso Administrativos, Tributarios y Bancarios. Y Kristina Putina – abogada, especialista en Extranjeria.

CUESTIONES ESENCIALES A TENER EN CUENTA POR LOS BRITÁNICOS RESIDENTES EN ESPAÑA DE CARA AL PRÓXIMO BREXIT PREVISTO PARA EL 31 DE OCTUBRE DE 2019.

by Marina -- |08/10/2019 |2 Comments | Abogado, Asesoría, Asesoría Fiscal, INTERNACIONAL, Torrevieja, Tráfico

Con fecha 2 de marzo de 2019 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 5/2019, de 1 de marzo de 2019.

El objetivo del este Real Decreto ha sido acordar las medidas destinadas a regular la situación de interinidad que tendrá lugar desde que se produzca la salida del Reino Unido de la Unión Europea, prevista para el próximo 31 de octubre del presente año 2019.

La economista de NBA Consulting, Fina García, nos resume lo expuesto en la ponencia, que, como era de esperar, no aclaró demasiadas cuestiones para una posible salida del Reino Unido sin acuerdo, esencialmente, a partir del fin del período transitorio, si bien el mensaje esencial de la ponente fue el de transmitir tranquilidad a los británicos ya residentes en nuestro país.

¿A partir de qué fecha se comenzarían a aplicar las disposiciones del Acuerdo de Retirada de Reino Unido de la Unión Europea?

El periodo de transición comienza el 31 de octubre de 2019 y se prolonga hasta el 31 de diciembre de 2020, tiempo durante el que se permitiría al Reino Unido seguir beneficiándose del acervo de la UE.

RESIDENCIA: Se recalcó la necesidad del documento verde, el cual justifica que el ciudadano británico en España ostenta la condición de residentes, esto es, la necesidad para los ya residentes en España que aún no lo hayan hecho, de darse de alta mediante el modelo 030 en Hacienda. Aun así, el RD da 21 meses de gracia para obtener la residencia después del 31 de octubre de 2.019, si hubiese salida sin acuerdo.

SEGURIDAD SOCIAL:

Los residentes británicos han de estar inscritos Correctamente en la Seguridad Social, deben tener el modelo S1, este modelo se mantendrá hasta Diciembre del 2020 y dará derecho a los residentes británicos, como hasta ahora, a los servicios médicos, corriendo estos gastos a cargo del gobierno Británico.

VIAJAR:

Si entra en vigor el Acuerdo de Retirada, los ciudadanos británicos podrán viajar de España al Reino Unido, y viceversa, en las mismas condiciones que antes de la salida durante el periodo transitorio. Por ello, se deberá estar provisto de pasaporte o documento nacional de identidad en vigor y no precisará de un visado.

Sin Acuerdo de Retirada:
En el caso de que no entre en vigor el Acuerdo de Retirada, a partir de su salida, Reino Unido será considerado un Tercer Estado y debe estar preparado para el cambio de circunstancias.

Para viajar entre el Reino Unido y España, o viceversa, deberá estar provisto de un pasaporte. En principio, y siempre que se respete la reciprocidad, no se exigirá visado de corta duración a los ciudadanos británicos.

Además, deberán justificar el motivo y las condiciones de estancia tal y como establece el Código de Fronteras Schengen.

Habrá de tenerse en cuenta que la duración de la estancia en el espacio Schengen no podrá superar los 90 días por periodo de 180, sea en una o en varias visitas.

PERMISO DE CONDUCIR:

    • En caso de salida del Reino Unido de la Unión Europea con Acuerdo de retirada, las disposiciones relativas al reconocimiento de permisos de conducción continuarán aplicándose hasta el final del periodo transitorio previsto el 31 de diciembre de 2020.
    • En caso de salida del Reino Unido de la Unión Europea sin Acuerdo de retirada ¿Se reconocerán en España los permisos de conducir británicos?
      Los permisos de conducción, válidos y en vigor, expedidos por las autoridades británicas habilitarán a sus titulares a conducir en nuestro país durante un plazo de nueve meses desde la fecha de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea. Transcurrido este plazo será de aplicación la normativa general y los permisos expedidos por las autoridades británicas habilitarán para conducir en España durante seis meses, desde la entrada de su titular en España o desde la fecha de obtención de la residencia legal.

Por ello, se aconsejó a las personas titulares de permisos británicos que vayan a permanecer residiendo en España, tras la fecha de retirada de Reino Unido, que soliciten el canje de su permiso de conducción por un permiso español antes de que se produzca esta retirada.

Estas son algunas de las páginas webs de ayuda e información oficial que fueron mencionadas como referencia en la charla informativa, que esperamos sean de su ayuda:

  • https://www.gov.uk/brexit
  • https://www.gov.uk/guidance/living-in-spain?utm_campaign=UK%20Nationals_ES_BMM&utm_medium=ppc&utm_source=google&utm_content=eu_exit&utm_term=living-in-spain

Recuerde siempre consultar a los profesionales de NBA Consulting, acerca de cualquier duda que pueda surgirles en relación a su asesoramiento legal o fiscal, para lo cual quedamos a su disposición.

Artículo escrito por Fina García. Especialista en Asesoría Fiscal de NBA Consulting.

Residencia para inversores o “Golden Visa” (1)

Residencia para inversores o “Golden Visa”

by admin_nba |04/07/2019 |0 Comments | Abogado, INTERNACIONAL | ,

Desde que el 28 de septiembre de 2013, entrara en vigor la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, los extranjeros que tengan intención de hacer una inversión significativa en España, podrán solicitar la residencia por inversión o la denominada “Golden Visa”.

En NBA Consulting contamos con una dilata experiencia en la tramitación de este tipo de residencias. Por ello, a través de este artículo, trataremos de abordar y aclarar las preguntas más frecuentes que nos plantean nuestros clientes sobre la obtención de este tipo de residencia:

¿Cómo se puede obtener?

Para poder beneficiarse de la “Golden Visa” hay que hallarse en alguno de los siguientes supuestos:

Invertir en deuda pública, por valor igual o superior a dos millones de euros (2.000.000,00 €).
Invertir en acciones o participaciones de sociedades de capital español, por valor igual o superior a un millón de euros (1.000.000,00 €).

Hacer un depósito bancario en una entidad financiera española, por valor igual o superior a un millón de euros (1.000.000,00 €).
Adquirir bienes inmuebles en nuestro país, por un valor igual o superior a quinientos mil euros (500.000,00 €), libres de cargas o gravámenes.

Llevar a cabo un proyecto empresarial en España que sea considerado y acreditado de interés general.

Adicionalmente, el inversor tendrá que cumplir los requisitos generales exigidos para cualquier tipo de residencia, tales como ser mayor de edad, carecer de antecedentes penales, contar con medios económicos suficientes, tener un seguro público o privado de enfermedad, etc.

¡Importante! – Todos los documentos que se presenten han de ser debidamente apostillados y traducidos al español, por un traductor jurado.

¿Quién lo puede obtener?

El inversor y sus cónyuges y familiares de primer grado.

¿Dónde se tramita?

Si el interesado está fuera del territorio español, la solicitud se presenta en el Consulado de España, en el país de residencia.

Si el interesado se encuentra en España, se presenta de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

¿Qué ventajas tiene?

  • Libre circulación.- Los beneficiarios de la residencia de inversor, como residentes legales de la Unión Europea, podrán circular libremente por todos los países miembros del espacio Schengen, sin necesidad de pedir visados adicionales.
  • Tramitación ágil.- El plazo de resolución de la residencia por inversión oscila entre 10 días hábiles, si se trata de un visado y 20 días hábiles, si se trata de una autorización.Además, el solicitante podrá designar un representante para que, en su nombre, realice todos los trámites pertinentes.
  • No se exige la residencia en el territorio español.- La normativa vigente no exige al interesado permanecer en España durante más de 183 días al año.

    La casuística en la tramitación de este tipo de residencias de inversor es muy variada, pudiendo encontrarnos con dificultades durante la tramitación de la misma, debido a defectos en la solicitud inicial, que puedan suponer una demora innecesaria en la obtención de la residencia interesada e incluso una desestimación de la misma. Por ello, desde NBA Consulting, les recomendamos contar con abogados especialistas en el sector, que puedan ayudarles durante este proceso.

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