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¿QUÉ OBLIGACIONES FISCALES TIENEN LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS Y LOS VECINOS?

by Marina -- |22/05/2023 |1 Comments | Asesoría, Asesoría Fiscal

Las comunidades de vecinos realizan pagos y, en muchas ocasiones, tienen ingresos. Esas operativas tienen efectos fiscales de los que muchas veces no somos conscientes. A continuación, vamos a analizar cuáles son las obligaciones fiscales de una comunidad de propietarios.

MODELO 347

Este impuesto tiene por objeto facilitar a la Agencia Tributaria la información sobre todas las operaciones económicas de la comunidad con terceras personas siempre que superen los 3005,06 euros anuales. Hay que declarar el importe de las operaciones relacionadas con la mayor parte de los servicios: limpieza, seguridad, calderas, piscinas, puertas de garaje, antenas…

Sin embargo, no hay que declarar el pago de suministros comunitarios de cualquier tipo que se destinen a uso y consumo comunitarios –electricidad, combustible, agua-, ni los seguros de zonas comunes.

La no presentación del presente impuesto puede conllevar importantes sanciones económicas: un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO –IVA(MODELO 303 Y 390 )

El IVA debe presentarse cuando la Comunidad de Propietarios realiza actividades económicas tales como el arrendamiento de espacios comunes, de azoteas ,etc…

Cada Comunidad de Propietarios tiene que presentar el Modelo 303 trimestralmente y realizar el ingreso de la cantidad que corresponda.

Además, debe presentar el Modelo 390, que es una declaración informativa con el resumen anual de las liquidaciones trimestrales del IVA -Modelo 303- Los arrendamientos de las viviendas de los conserjes están excluidos del IVA.

En caso de no presentar la declaración de IVA a tiempo implica recargos.

IMPUESTO DE LA RENTA- MODELOS 111, 190 y 184

La Comunidad de Propietarios tiene que presentar el Modelo 111 cuando existen empleados contratados como porteros, jardineros, limpiadores, vigilantes…  y también cuando contratan servicios profesionales a personas físicas para la prestación de un servicio (administradores de fincas, abogados, arquitecto). Cada tres meses hay que declarar e ingresar el importe de las retenciones de IRPF que se han hecho en las nóminas de los trabajadores.

El Modelo 190 es la declaración resumen anual de las actividades anteriores, y requiere que se entregue a los profesionales un certificado de retenciones para que incluyan lo que se les ha retenido en sus declaraciones de IRPF. La Agencia Tributaria considera que los ingresos de las actividades económicas (lo más común son los arrendamientos), así como las subvenciones que se reciben son rendimientos que cada propietario debe incluir en su declaración del Impuesto de la Renta.

En cuanto al Modelo 184 se presenta si se han abonado subvenciones o ayudas a las comunidades de propietarios procedentes de los Fondos Next Generation para la rehabilitación energética de edificios, el importe de esta ayuda hay que distribuirlo proporcionalmente entre los propietarios, pero no están obligados a incluirlo en su declaración de la renta.

 

OTROS TRIBUTOS

El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) le corresponde a cada uno de los propietarios. Sin embargo, la Comunidad de Propietarios suele realizar este pago en ciertas situaciones en las que no hay una división de las fincas: proindiviso de garajes o trasteros, por ejemplo, y se repercutirá a los propietarios en base a su cuota de participación.

Hay que indicar que existen otros tributos que afectan directamente a las comunidades de propietarios como las tasas de basura o paso de carruajes que varían según cada municipio.

Por lo tanto, desde NBA le recomendamos que para garantizar la presentación de los impuestos de su Comunidad de Propietario en el plazo establecido siempre cuente con un Administrador de Fincas colegiado que velará por los intereses de su Comunidad.

EXITOSA SENTENCIA EN MATERIA DE EXTRANJERÍA. CONCESIÓN DE LAS RENOVACIONES DE AUTORIZACIONES DE RESIDENCIA NO LUCRATIVAS. SE APRECIA LA CIRCUNSTANCIA EXCEPCIONAL DE LA IMPOSIBILIDAD DESPLAZAMIENTO POR COVID.

by Marina -- |12/05/2023 |2 Comments | Abogado

Con fecha 02 de mayo de 2023, ha sido notificada Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo de Alicante, en la que se estima la demanda de impugnación de las resoluciones de denegación de las renovaciones autorizaciones de los permisos de residencia dictados por la Subdelegación del Gobierno en Alicante.

Este despacho, en defensa de los intereses de nuestros clientes, impugnó las resoluciones dictadas por la Oficina de Extranjería de Alicante que denegaban las renovaciones de residencias por la supuesta infracción del artículo 162.2.e) del RD 557/2011 de 20 de abril, es decir, por no haber permanecido durante más de seis meses en el período anual en el territorio nacional.

La Subdelegación del Gobierno no había tenido en cuenta la circunstancia excepcional que justificaba la ausencia y la imposibilidad de regreso en el plazo reglamentario, causada por el padecimiento de nuestros clientes de la COVID-19 y el consiguiente período de cuarentena obligatorio.

Si bien, la Oficina de Extranjería alegaba que no cabe ninguna excepción a la norma y que no se puede apreciar ninguna causa que justifique la ausencia, el Juzgado Contencioso-Administrativo, apreciando los argumentos de nuestros profesionales, entendió que la norma no debe ser interpretada con excesivo rigor y por ello cabe tener en cuenta las circunstancias excepcionales de los interesados.

Por lo expuesto, se estimó la demanda formulada por la dirección letrada de este Despacho, acordando la concesión de las renovaciones de los permisos de residencia.

Equipo Extranjería

RESPONSABILIDAD CIVIL MÉDICA: NEGLIGENCIAS Y MALA PRÁXIS

by Marina -- |10/05/2023 |0 Comments | Abogado

Actualmente, nos encontramos ante un momento social en el que existe un considerable incremento en el número de procedimientos judiciales que se tramitan por responsabilidad médica. Parte de la culpa de este incremento de reclamaciones puede ser debido al correlativo incremento de tratamientos e intervenciones de, lo que viene denominándose, medicina satisfactiva -tratamientos estéticos y de fertilidad.

Dichos tratamientos e intervenciones de medicina satisfactiva conllevan un grado alto de subjetividad que, en multitud de ocasiones, da lugar a disconformidad y conflicto. Ello, sumado a las agresivas campañas publicitarias que algunos centros sanitarios hacen para ofrecer sus servicios, en las que, en ocasiones, se comprometen, incluso, a un resultado concreto, es una mezcla que, en pocas ocasiones puede acabar bien.

En NBA Consulting sabemos lo delicados que son este tipo de procedimientos, tanto para la persona que se siente perjudicada por una supuesta mala práxis, como para el sanitario y el centro sanitario que ve cuestionada su profesionalidad.

Por ello, recomendamos, tanto a los pacientes-usuarios de medicina curativa y satisfactiva, como a centros y profesionales sanitarios que adopten todas las precauciones que el derecho a la salud merece.

Por parte de los centros y profesionales sanitarios, deben de adoptarse todos los protocolos necesarios para que el paciente-usuario esté debidamente informado de todo el proceso, de los riesgos, efectos secundarios, secuelas y alternativas que existen; adaptando los consentimientos informados a las intervenciones y/o tratamientos específicos que cada centro sanitario oferte.

Por parte de los pacientes-usuarios de medicina, tanto curativa como satisfactiva, deben asimismo adoptar todas las precauciones que sean pertinentes, exigiendo que se les facilite toda la información de la intervención y/o tratamiento a la que van a someterse y, ante la duda, recaben su historia clínica completa, a los efectos de poder ser analizada con detalle por un equipo jurídico y por peritos especializados en materia sanitaria, para que podamos confirmar si los resultados no deseados pueden ser o no fruto de una mala práxis y, por tanto, pueden dar lugar o no a una reclamación.

En NBA Consulting estamos a su disposición para resolver cualquier duda que le pueda surgir y para ayudarle y acompañarle en el proceso de reclamación, en caso de que sea pertinente.

Artículo escrito por la abogada Carmen Sevilla

Ley de protección animal

by Marina -- |28/03/2023 |0 Comments | Abogado

El pasado jueves 16 de marzo de 2023, el Congreso de los Diputados aprobó definitivamente el proyecto de Ley de Bienestar Animal, si bien todavía no ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado.

El principal objetivo de esta ley es reglar el reconocimiento y la protección de la dignidad de los animales por parte de la sociedad.

Vamos a destacar algunas de las novedades más relevantes:

– TENENCIA DE PERROS Y GATOS

Las personas que tengan o quieran tener perros tendrán que realizar un curso de formación.

Aquellas personas que antes de que entre en vigor esta ley, ya tengan perros, tendrán un plazo de dos años para realizar este curso.

El test de sociabilidad que se preveía para las dueños junto con sus perros, finalmente ha sido eliminado del texto definitivo.

Otra obligación que establece la ley es un seguro de responsabilidad civil obligatorio para TODOS los perros.

Destacar que, a pesar de toda la polémica que ha habido, finalmente los animales de caza han quedado fuera, y no les es de aplicación esta ley, al considerar que su tenencia es para otros fines que no es el doméstico.

Respecto a los gatos, se establece la obligación de identificarlos mediante microchip, y a esterilizarlos quirúrgicamente antes de los seis meses de edad.

– PROHIBICIONES ESPECÍFICAS RESPECTO DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA.

Entre las novedades más destacadas podemos mencionar las siguientes prohibiciones:

  • Sacrificar al animal salvo causa justificada por la autoridad competente.
  • Practicar al animal mutilaciones o modificaciones corporales permanentes, salvo que este acreditado mediante informe de un profesional veterinario colegiado.
  • Mantener de forma habitual a perros y gatos en trasteros, terrazas, balcones o similares.
  • Dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos, en el caso de los perros este plazo no puede superar las 24 horas.
  • La venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales.

– ROMERÍAS, EVENTOS FERIADOS, BELENES, CABALGATAS Y PROCESIONES.

Los animales podrán seguir saliendo en este tipo de eventos, siempre que cumplan con unas condiciones higiénico-sanitario optimas, y siempre y cuando se garantice durante el transcurso de la actividad unos niveles óptimos de bienestar animal, conforme a las necesidades propias de cada especie. Las romerías y los eventos feriados deben disponer de puntos de parada para que los animales puedan descansar y beber.

Se prohíbe el uso de animales en estos eventos cuando identifique un exceso de temperatura o cuando se utilicen elementos pirotécnicos.

Melanie Nicole Fahnenstich

Abogada

El TJUE abre la puerta a la declaración de abusividad de las cláusulas de apertura en hipotecas

by Marina -- |22/03/2023 |0 Comments | Abogado

En los últimos años, hemos asistido a una prolífica jurisprudencia, que ha ido declarando una a una como abusivas, varias cláusulas que se incluían de manera generalizada en los contratos de hipoteca firmados con consumidores. Todo ello, ha provocado grandes debates jurídicos y pronunciamientos judiciales contradictorios, que han sido resueltos en última instancia, por Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

En este contexto, la reciente Sentencia de 16 de marzo de 2023, asunto C‑565/21, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, cierra filas -una vez más en favor de los consumidores-, acerca de la posible consideración de abusiva de la “cláusula de apertura”, que es probablemente, de las últimas que siguen causando controversia en los tribunales de nuestro país.

La llamada “Cláusula de apertura”, viene a remunerar los servicios relacionados con el estudio, la concesión o tramitación del crédito. Este importe, que se paga de una sola vez, ha generado un gran debate, al entender las entidades financieras que formaba parte del precio del contrato, mientras que la parte consumidora, entendía que era una partida diferenciada del mismo. Este matiz, que a priori puede parecer simple, es en realidad “la gran cuestión” que ha tenido que interpretar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ya que, el artículo 4 de la Directiva 93/13 de la Unión Europea, establece que la declaración de abusividad, no se hará en referencia a la adecuación del precio del contrato -siempre que la cláusula en cuestión se redacte de manera clara y comprensible.

Pues bien, como adelantábamos, una vez más, el Tribunal Europeo ha inclinado la balanza hacia el lado de los consumidores entendiendo que, el importe pagado en concepto de “Cláusula de apertura” no forma parte del precio del contrato y, por tanto, es susceptible de control de abusividad por parte de los Jueces y Tribunales españoles. Para llegar a dicha conclusión, razona que, el mencionado artículo 4 debe interpretarse siempre de manera estricta y, por tanto, teniendo en cuenta que el objeto principal de un contrato de préstamo, es la puesta a disposición de cantidades monetarias para su posterior devolución -generalmente con intereses-, no cabe interpretar que también otras gestiones asociadas pero diferenciadas, formen parte del precio del contrato.

“En efecto, resultaría contrario a dicha obligación de interpretación estricta incluir en el concepto de «objeto principal del contrato» todas las prestaciones que simplemente están relacionadas con el propio objeto principal y que, por ello, son de carácter accesorio, a los efectos de la jurisprudencia que se ha recordado en el apartado 17 de la presente sentencia.” – Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 16 de marzo de 2023, asunto C‑565/21.

No obstante lo anterior, esto no significa que toda cláusula de apertura pueda ser automáticamente declarada abusiva, sino que, en adelante, el juez podrá entrar a examinar su posible carácter abusivo, declarándola como tal, si estima que su inclusión en el contrato es contraria a la buena fe o, causa en un importante desequilibrio en contra del consumidor. Esto se traduce la mayoría de las veces, en comprobar -como ya bien anticipa también la mencionada Sentencia-, si el cliente fue informado de las consecuencias de dicha cláusula y, si los importes exigidos pueden ser considerados adecuados al montante total del préstamo y, a los servicios prestados por la entidad.

En NBA Consulting, trabajamos para conseguir la devolución a nuestros clientes, de los importes pagados como consecuencia de este tipo de cláusulas abusivas, consiguiendo resultados satisfactorios tanto en vía judicial, como en vía extrajudicial. Así pues, si crees que puedes estar afectado por este tipo de cláusulas, puedes solicitar cita con nuestro equipo jurídico, que te asesorará sobre cómo proceder con este tipo de reclamaciones.

La situación actual con la compraventa de viviendas

by Marina -- |17/03/2023 |0 Comments | Abogado, Actualidad

La compraventa de viviendas aumenta a pesar de subida de los tipos de interés. Antonio Navarro, nuestro director y abogado urbanista analiza esta situación junto a otros expertos en en el programa “Ágora”de la TV Vega Baja.

Украинцы, проживающие в Валенсийском автономном сообществе (Comunidad Valenсiana) смогут получить финансовую помощь.

by Marina -- |16/03/2023 |0 Comments | Abogado, Actualidad, Refugiados de Ucrania

Пострадавшие от войны в Украине и не имеющие достаточных финансовых ресурсов, могут оформить денежную помощь в размере до €400 в месяц на взрослого и €100 на несовершеннолетнего ребенка, который находится на содержании, — говорится в официальном сообщении.

Украинские беженцы могут подать заявку на социальные выплаты с 16 марта 2023 года по 31марта 2023 года.

Чтобы получить помощь, нужно:

-иметь прописку (регистрацию) в одном из муниципалитетов Комунидад Валенсиана;

-доказать отсутствие доходов;

– не находиться на содержании и не получать средства от Аппарата экстренной помощи Государственного секретариата по миграции или других официальных благотворительных организаций, которые являются частью Международной системы приема и временной защиты.

Какие нужны документы, чтобы получить социальные выплаты в Comunidad Valenciana.

Чтобы получать ежемесячное пособие нужно предоставить следущющие документы:

-оригинал загранпаспорта или копия страниц;

-решение о предоставлении статуса временной защиты (tarjeta de permiso temporal);

-свидетельство о регистрации по месту жительства (прописка). При наличии несовершеннолетних детей, необходимо предъявить свидетельство о регистрации совместного места жительства;

-номер банковского счета, открытого в Испании

Где и как подать заявку на получение выплат в Испании.

Власти рекомендуют оформлять помощь онлайн, но это тоже можно сделать и лично в офисе PROP.

Как подать заявку в интернете:

-зайти на элетрронный офис Женералитат Валенсиана (GVA)

-открыть загруженный документ и заполнить его. Все документы, которые необходимо предъявить, можно прикрепить к документу PDF;

-для оформления помощи необходимо идентифицировать себя с помощью цифрового сертификата.

Если Вы хотите оформить заявку в офисе PROP, нужно взять с собой все документы и на месте расскажут, как правильно всё оформить.

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