Este miércoles, el DOGV ha publicado el Decreto 17/2021 con fecha de 29 de enero, en virtud del cual se aprueban las bases reguladoras y la concesión directa de ayudas a empresas y autónomos del sector de la hostelería. Las subvenciones irán destinadas tanto a alojamientos como hoteles, hostales, alojamientos turísticos…como a restauración y demás actividades relacionadas como las agencias de viaje o las actividades artísticas, recreativas y de ocio.
Según han informado desde el Consell, estas ayudas buscan apoyar la viabilidad económica de las empresas y personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social afectadas por la Covid-19, para reforzar su continuidad y posibilitar el mantenimiento de sus trabajadores y trabajadoras.
En dinero total que se destinará en estas ayudas asciende a 80.000.000 de euros que se dividirán entre las provincias del siguiente modo:
Valencia percibirá 38.300.000 euros de ayudas
Alicante 32.700.000 euros
Castellón: 9.000.000 euros.
¿Quiénes pueden beneficiarse de estas ayudas directas?
– Las empresas y personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social que, dispongan de al menos una cuenta de cotización con personas trabajadoras en alta en el ámbito de la Comunitat Valenciana y cuya actividad económica se clasifique en alguno de los códigos de la CNAE-09
– Las personas encuadradas en el régimen de trabajadores autónomos
de la Seguridad Social que desarrollan en la Comunitat Valenciana
una actividad económica clasificada en alguno de los códigos de la
CNAE-09, tales como hoteles, alojamientos turísticos, campings y demás alojamientos similares; restaurantes y puestos de comida, provisión de comida preparada para eventos y otros servicios de comida y bebida, agencias de viajes, operadores turísticos, exhibiciones y actividades artísticas y cinematográficas, museos, instalaciones y actividades deportivas…
¿Qué subvención le corresponde?
Las ayudas ascenderán a:
. Dentro de cada Código de Cuenta, por cada trabajador dado de alta en el ámbito de la Comunidad Valenciana,l la ayuda será de 600 Euros para trabajadores con con jornada completa 600€ y por cada uno que este a jornada parcial 300€. Con el límite de 12000€, por Código de Cuenta de Cotización.
. Para los autónomos la ayuda será de una cuantía general: 600€
¿Cómo y cuándo solicitar las ayudas?
El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 09.00 horas del 4 de febrero de 2021 y finalizará a las 23.59 horas del 17 de febrero de 2021.
Forma de presentación de solicitudes (Se recomienda telemáticamente con certificado electrónico)
La solicitud se deberá presentar vía telemática.
Junto con el formulario de solicitud, se aportará la siguiente documentación:
- a) Datos sobre la ayuda solicitada (Anexo I)
- b) Datos de domiciliación bancaria
- c) Declaración responsable de las ayudas de minimos concedidas a la persona solicitante durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso (anexoII)
- d) Formulario relativo a la representación (anexo III), para el exclusivo caso de no disponer de firma electrónica y actuar mediante representante
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