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La Audiencia Provincial de Alicante estima el recurso de apelación presentado por NBA Consulting

by Marina -- |21/06/2022 |0 Comments | Abogado

La Audiencia Provincial de Alicante  en su sentencia anula parcialmente el trabajo realizado fuera de plazo por un Juzgado de Instrucción de Torrevieja . Esto pone de manifiesto la intención de los Tribunales de Justicia  de evitar los retrasos injustificados en los procedimiento penales.

La Audiencia Provincial de Alicante estima el recurso de apelación presentado por NBAConsulting en el marco de un procedimiento de Blanqueo de Capitales.

La Sección nº11 de la Audiencia Provincial de Alicante en su Auto de 26 de mayo de 2022 acaba de estimar el recurso de apelación presentado por la abogada penalista de NBAConsulting, Andrea Aguinaco Alonso, declarando ilegales por extemporáneas las diligencias de pruebas obtenidas sin respetar el plazo legalmente conferido.

El recurso se presentó en el marco de un procedimiento penal seguido en los Juzgados de Torrevieja por presunto delito de Blanqueo de Capitales.

En este sentido, la Ley de Enjuiciamiento Criminal (texto legal que se encarga de regular las reglas del proceso) fija un plazo máximo de 12 meses desde la incoación de la causa para que se desarrolle la investigación judicial. No obstante, consciente el legislador de que existen investigaciones que por su complejidad, el volumen de implicados o diligencias que haya de practicarse en el extranjero (con la consiguiente demora que ello supone), implicaría dejar impunes las más voluminosas o dificultosas causas criminales , concede la posibilidad de que el juez instructor acuerde prórrogas sucesivas por períodos de hasta seis meses sujeto a una única condición, cual es, que dicho juez instructor dicte auto de prórroga antes de que finalice dicho plazo de doce meses, donde motive las razones que hacen necesario mayor tiempo para investigar el/ los delitos que dieron lugar al inicio de la causa.

Pues bien, en el caso que nos ocupa, no se dictó este auto de prórroga de modo que se ordenaron y practicaron pruebas fuera del plazo de 12 meses y, por ende, sin cumplirse las garantías procesales legalmente exigibles.

Entre esas pruebas extemporáneas se encontraba la toma de declaración como investigados de nuestros defendidos. Ante la vulneración del derecho a un proceso con todas las garantías (reconocido en el art. 24 de la Constitución española) y la posible indefensión que ello causaría en los mismos, desde NBAConsulting presentamos los pertinentes recursos de reforma y subsidiario de  apelación, siendo estimado este último por la Audiencia Provincial de Alicante, Sección nº11.

Dicha Sección estima nuestro recurso y las alegaciones expuestas en él y confirma que se practicaron diligencias de investigación fuera del plazo legalmente establecido lo que convierte en ilegales tales diligencias de investigación, entre ellas, la de nuestros defendidos. En consecuencia, resuelve que ha de cerrarse inmediatamente la investigación obligando al juez de instancia a dictar la resolución que proceda (auto de sobreseimiento o de continuación del Procedimiento abreviado ex 779.1 LECrim ) sólo con el material probatorio obtenido hasta la fecha en que se cumplieron los doce meses desde la incoación de la causa.

La Audiencia Provincial de Alicante aplica, por tanto,  la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo en su reciente sentencia de 3 de noviembre de 2021 como ya lo hicieran Audiencias como la de Madrid, Barcelona o Córdoba, entre otras, y confirma el carácter preclusivo del plazo de doce meses para realizar diligencias de investigación si no se ha dictado el preceptivo auto de prórroga, obligando al juez a concluir la instrucción y tomar una decisión sola y exclusivamente con el material probatorio que figure hasta la fecha de cumplimiento de los doce meses.

Referencias de interés:

  • Tribunal Supremo, Sala Segunda, de lo Penal, Sentencia 836/2021 de 3 Nov. 2021, Rec. 4081/2019.
  • Audiencia Provincial de Alicante, Sección nº11 Elche, Auto 265/2022.

Escrito por abogada de NBA Consulting Andrea Aguinaco Alonso

Presentación de la declaración del IS en 2022

by Marina -- |09/06/2022 |1 Comments | Sin categoría

La declaración del IS no tiene un plazo de presentación único para todos los contribuyentes. Cada contribuyente tiene su propio plazo en función de la fecha en que finalice su período impositivo.

La Ley del Impuesto sobre Sociedades indica que la declaración de este impuesto se presenta, en general, en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo.

De esta forma, si el ejercicio de una empresa coincide con el año natural, este año podrá presentar la declaración entre el 1 y el 25 de julio de 2022.

Este plazo será del 1 al 20 de julio en caso de que la empresa domicilie el pago en una entidad de crédito colaboradora con la AEAT.

¿COMPRA POR INTERNET? SÍ CLARO, PERO CON CAUTELAS.

by Marina -- |26/05/2022 |1 Comments | Sin categoría

CONSEJOS PARA DETECTAR LA ESTAFA EN LAS COMPRAS POR INTERNET V RECOMENDACIONES DE CÓMO ACTUAR EN CASO DE SER VÍCTIMA.

No podemos negar que las compras por internet son una realidad que ha venido para quedarse y que nos ofrece indudables ventajas, pues desde casa, el trabajo, la playa, etc., desde donde sea, podemos realizar compras de productos ahorrando tiempo y, muchas veces, dinero.
No en vano, las ventas del comercio electrónico superaron los 870,000 millones de dólares en 2021, según DIGITAL COMMERCE 360, empresa especializada en el comercio minorista.
Y es precisamente de este escenario del que los llamados “ciberdelincuentes” se aprovechan para ofertar productos de una calidad inferior a la contratada o, directamente, no enviar mercancía alguna tras la recepción del precio.
De ahí la importancia de adoptar ciertas cautelas para que estas compras se realicen en un ámbito lo más seguro posible.
Precisamente con este fin, nuestra abogada especialista en Derecho Penal, Andrea Aguinaco, ha mantenido una entrevista con los compañeros de Radio Orihuela, CADENA SER, para explicar en qué consiste el delito de estafa, el modus operandi de estos ciberdlincuentes, precauciones que podemos adoptar para evitar ser estafados y pasos a seguir en caso de que, desgraciadamente, el fraude se haya consumado.

¿FRAUDE VACACIONAL? QUE NO TE AGÜEN TUS MERECIDAS VACACIONES.

by Marina -- |20/05/2022 |0 Comments | Abogado, Penal

CONSEJOS PARA DETECTAR LA ESTAFA VACACIONAL Y RECOMENDACIONES DE CÓMO ACTUAR EN CASO DE SER VÍCTIMA.

Las vacaciones estivales están a la vuelta de la esquina y quizás estés pensando en alquilar una vivienda por internet para disfrutar de ellas.

Si es así, desde NBA Consulting te recomendamos que escuches la entrevista que nuestra abogada especialista en Derecho Penal, Andrea Aguinaco, ha realizado en Radio Orihuela, Cadena SER.

En ella se explica en qué consiste el delito de estafa, regulado en los artículos 248.1 y 249 del Código Penal y sus penas, qué precauciones podemos adoptar para evitarla y qué hacer en caso de ser víctima.

¿Sabes que pensiones existen y cuales puedes tener derecho?

by Marina -- |13/05/2022 |0 Comments | Laboral

¿Estas sin trabajo o fuente de ingresos y no sabes si puedes optar a una ayuda?
En NBA Consulting estarás en las mejores manos para ayudarte y asesorarte.
Según el artículo 56 de la Ley de Seguridad Social, existen dos modalidades de pensiones (contributiva o no contributiva) que puedes optar según tu situación en función de tus ingresos, rentas o cotización.


¿En qué se diferencian una pensión contributiva de una no contributiva?

La Seguridad Social es un sistema de previsión que garantiza una cierta cobertura a todos sus beneficiarios, que en realidad son todos los ciudadanos de un país. Se basa en un sistema de solidaridad intergeneracional, también conocido como sistema de reparto, que exige haber aportado (haber cotizado) al sistema durante el tiempo en que se trabaja. Estas prestaciones se conocen como prestaciones o pensiones contributivas.
Sin embargo, en determinadas circunstancias, la Seguridad Social ofrece a alguno de sus beneficiarios la posibilidad de acceder a una pensión aun sin haber cotizado o contribuido previamente al sostenimiento del sistema. Estas son conocidas como pensiones no contributivas.
También llamados subsidios para diferenciarlos de la modalidad contributiva y donde el más conocido es el de desempleo (en todas sus modalidades).

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las pensiones no contributivas?
Las pensiones no contributivas se conceden a aquellos ciudadanos españoles y nacionales de otros países con residencia legal en España, en situación de jubilación o invalidez y estado de necesidad (desempleo, ingresos o rentas por debajo del umbral, etc.) que reúnan una serie de características especiales. Tenemos: jubilación, invalidez y desempleo como más conocidas.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las pensiones contributivas?

Son prestaciones económicas con una duración, en su mayoría indefinida (exceptuando por ejemplo desempleo o hijo a cargo, etc.), cuya concesión y cuantía viene dada a la acreditación de un periodo mínimo de cotización junto a otros requisitos exigidos (edad, años trabajados, etc.)
Incluye: jubilación, invalidez, fallecimiento, desempleo, maternidad/paternidad como más conocidas.

Cabe hacer especial mención, al régimen Especial de Autónomos.

Paro de autónomos, requisitos para cobrar la prestación: El cese de actividad. Los trabajadores en régimen de autónomos también tienen derecho a paro o cese de actividad.
Para su duración y cuantía, se tendrá en cuenta la edad y periodos cotizados por el trabajador durante los últimos 48 meses desde el momento del cese de actividad.

La importancia de la formalización de los contratos de alquiler

by Marina -- |09/05/2022 |0 Comments | Inmuebles, INTERNACIONAL

Un contrato de alquiler es un acuerdo plasmado por escrito entre el arrendador y el arrendatario en el que se pactan los términos y condiciones del alquiler y que otorga seguridad jurídica para ambas partes ya que les vincula para su efectivo cumplimiento, y asimismo les faculta para incoar las correspondientes acciones legales en caso de incumplimiento.

El contrato de alquiler tiene que ser redactado conforma a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y tiene que tener un contenido mínimo establecido en dicha Ley,

  • Identificación de las partes
  • Renta mensual
  • Fianza
  • Duración del alquiler
  • Gastos que asume cada parte
  • Condiciones de resolución

Además de fijar las condiciones del alquiler, el contrato recoge los derechos y las obligaciones tanto del propietario del inmueble como del inquilino. Será difícil exigir el cumplimiento de algún derecho si previamente no se pactó dicho cumplimiento y no quedo reflejado en un contrato.

Desde NBA Consulting recomendamos acudir a un abogado especialista para que redacte el contrato de arrendamiento o bien lo revise y de esta forma asegurar que el arrendamiento se rige por las pautas legales y que no hay lugar a conflictos o malentendidos que desemboquen en procedimientos judiciales complejos.

PAREJAS DE HECHO

by Marina -- |02/05/2022 |1 Comments | Abogado, DERECHO DE FAMILIA

Hasta hace unos años, el matrimonio era la opción más frecuente para las parejas, pero poco a poco hay cada vez más parejas que se interesan por la opción de construirse como pareja de hecho, ya que existe un vínculo afectivo muy similar.

Es importante destacar que no existe una normativa nacional, sino que son las propias comunidades autónomas las que regulan esta figura. En la Comunidad Valenciana podemos encontrar su regulación en la Ley 5/2012, de 15 de octubre, que en el año 2016 fue declarada parcialmente inconstitucional, eliminando todo el contenido civil que asimilaba los derechos y las obligaciones de las parejas de hecho a las del matrimonio. Esta ley, únicamente hace referencia a las parejas de hecho formalizadas, es decir que están inscritas en los registros de uniones de hecho que la propia ley prevé.

Los requisitos generales, que son iguales en todas las Comunidades Autónomas, son: ser mayor de edad (o emancipado), no estar casado ni ser pareja de hecho de otra persona, no estar incapacitado ni que exista parentesco directo entre los miembros de la pareja.

¿Cuáles son las principales diferencias entre pareja de hecho y matrimonio en la Comunidad Valenciana?

En cuanto al régimen económico, en las parejas de hecho no existe como tal un régimen económico, sino que dependerá de la voluntad de las partes, que podrán establecer un acuerdo fijando los pactos económicos, que incluso pueden llegar a ser similares a las de un matrimonio. En cualquier caso, estos acuerdos deberán ser elevados a escritura pública, o bien estar inscritos en el registro de uniones de hecho correspondiente.

Al no existir un régimen económico como tal, en caso de ruptura tendremos que estar a los pactos previos, o los acuerdo a los que puedan llegar las partes, tanto para el reparto de los bienes adquiridos constante la convivencia como para la posible pensión compensatoria. En caso de que no exista ni pacto ni acuerdo, tendremos la posibilidad de acudir a otras acciones civiles que nos permitan resarcir al miembro perjudicado.

Al contrario, si en el momento de la ruptura existen hijos menores comunes, sí que se aplicarán las mismas normas que en una crisis matrimonial, tendremos que acudir a un procedimiento judicial para fijar las medidas paternofiliales, es decir, aquellas medidas que directamente afecten a la vida de los menores.

En el ámbito de las sucesiones de las parejas de hecho, al contrario que en el matrimonio donde el cónyuge viudo siempre tendrá derechos sobre la herencia, no se les considera herederos legitimarios, sino que únicamente serán herederos en el caso de que la pareja fallecida así lo haya establecido en su testamento.

Si la pareja de hecho está debidamente inscrita, y cumple una serie de requisitos y umbrales de ingresos, tendrá el miembro superviviente derecho a pensión de viudedad; y en caso de haber sido designado como heredero en el testamento del difunto, también se podrá aplicar los mismos beneficios fiscales que los cónyuges viudos.

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