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Noticias

Información sobre protección temporal para los nacionales de Ucrania

by Marina -- |18/03/2022 |0 Comments | Abogado, Refugiados de Ucrania

El Consejo de la UE en la Directiva 2022/382/CE  ha aprobado la Decisión por la que entra en aplicación la Directiva 2001/55/CE del Consejo, sobre protección de personas desplazadas y que permitirá automáticamente a los ucranianos desplazados residir, trabajar o estudiar en la Unión Europea un año prorrogable hasta tres años, sin tener que solicitar asilo.

¿Podré trabajar mientras estoy en España? ¿Qué derechos me otorga la protección temporal?

  • Concede un permiso de residencia y trabajo.
  • Este es válido durante toda la duración de la protección.
  • Las personas beneficiarias de la protección temporal tienen derecho a lo siguiente:
    • Trabajar por cuenta propia o ajena,
    • Acceder las prestaciones previstas en el sistema de acogida.
    • Atención médica.
    • Los menores de dieciocho años tendrán, asimismo, derecho a acceder a la educación en las mismas condiciones que los nacionales del país de la UE de acogida.

¿Quién puede solicitar Protección Temporal?

  • Nacionales ucranianos en situación de estancia en España antes del 24.02.2022 que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
  • Nacionales de terceros países o apátridas que residieran legalmente en Ucrania sobre la base de un permiso de residencia legal válido (sea permanente u otro tipo como estudiantes) expedido de conformidad con el derecho ucraniano y no pueden regresar a su país o región de origen en condiciones seguras.
  • Nacionales de Ucrania que se encontraban en situación irregular en España antes del 24.02.2022 y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
  • Miembros de sus familias (salvo para el tercer supuesto de situación irregular): (i) cónyuge o pareja de hecho; (ii) hijos menores solteros o de su cónyuge; (iii) otros parientes cercanos que dependieran de ellos.

NBA Consulting mantendrá informados a sus clientes a través de esta WEB de todas las novedades que en relación a este asunto se publiquen.

ОТКЛЮЧЕНИЕ ОТ SWIFT РОССИЙСКИХ БАНКОВ

by Marina -- |14/03/2022 |1 Comments | Abogado, Torrevieja

ОТКЛЮЧЕНИЕ ОТ SWIFT РОССИЙСКИХ БАНКОВ.

SWIFT (Общество всемирных межбанковских финансовых каналов связи) — это международная организация, которая обеспечивает передачу сообщений между банками безопасно и оперативно.
Система позволяет проводить платежи с использованием корреспондентских счетов между разными банками, осуществлять переводы в иностранной валюте.
Согласно принятому Еврокомиссией решению опубликованном в официальном журнале ЕС 2 марта, с 12 марта 2022 года Евросоюз отключает несколько российских банков от систем обмена финансовой информацией, и в частности от SWIFT.
Банки попавшие на данный момент под санкции отключения от международной межбанковской системы:
«Россия» – Bank Rossiya
«Открытие» – Bank Otkritie
«Новикомбанк» – Novikombank
«Промсвязьбанк» – Promsvyazbank
«Совкомбанк» – Sovcombank
«ВЭБ.РФ» – VNESHECONOMBANK (VEB)
«ВТБ» – VTB BANK
То есть, под санкции не попали такие крупные банки как “Сбербанк”, “Газпромбанк”, «Россельхозбанк» и «Альфа-банк», с которых согласно указанному решению ЕС можно будет осуществлять переводы за рубеж, и в частности в Испанию при определенных условиях.

В НБА Консалтинг мы следим за всеми последними новостями и наши специалисты готовы предоставить юридическое сопровождение всем клиентам которых коснулись санкции.

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¿Cómo actuar cuando ocurren problemas en las comunidades de propietarios?

by Marina -- |07/03/2022 |1 Comments | Abogado, administración de fincas, DERECHO DE FAMILIA

NBA Consulting os resuelve dudas sobre cómo actuar cuando ocurren problemas en las comunidades de propietarios. ¿Cuáles son los problemas más habituales? ¿Qué debemos hacer en estas situaciones? ¿Qué podemos hacer y qué no podemos hacer a nivel legal? El abogado Antonio Navarro os explica todo en Radio Orihuela Cadena SER.

Modelo 347, Declaración de operaciones con terceras personas

by Marina -- |31/01/2022 |0 Comments | Asesoría, Asesoría Fiscal

¿Qué es el modelo 347?

Es una declaración informativa anual, que la deben presentar tanto las personas físicas en régimen de autónomos, como las personas jurídicas, en las que se detalla las operaciones con clientes y/o proveedores siempre que superen el conjunto de las mismas los 3005.06 euros anuales (incluido IVA).

Proveedores y clientes deben presentar el modelo 347 de forma que la Administración cruce datos y pueda validar la información declarada.

¿Excepciones a la obligación de su presentación?

Entre otras podemos destacar:

  • Los que no realicen operaciones en su conjunto, con respecto a una persona o entidad durante el año, mayores de 3.005,06 euros.
  • Cuando no se tiene en España la sede principal de la actividad.
  • Las personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas que tributen en IRPF por el método de estimación objetiva y en el IVA simultáneamente por el régimen simplificado, de agricultura, ganadería y pesca o recargo de equivalencia. Salvo operaciones excluidas de la aplicación de dichos regímenes o por las operaciones por las que emitan factura.
  • Los obligados tributarios que tengan que informar sobre las operaciones incluidas en los libros registro. Esto es los que se encuentren inscritos en el Régimen de Devolución de IVA mensual o en el sistema SII.
  •  Las entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios, que se reflejan en el modelo 349.         

¿Plazo para su presentación?

Plazo de presentación: del 1 de febrero al 28 de febrero de 2022.

¿Forma de presentación?

Telemática por Sede Electrónica de la Agencia Triburaria.

Recuerde, ante cualquier duda, NBA ConsultingAbogados Asesores en Torrevieja, dispone de profesionales expertos en la materia que pueden asesorarle.

Artículo escrito por María José Martínez. Especialista en Contabilidad Empresarial de NBA Consulting Torrevieja.

ENTREVISTA SOBRE NUEVO REGIMEN JURIDICO DE LOS ANIMALES

by Marina -- |27/01/2022 |0 Comments | Abogado, DERECHO DE LOS ANIMALES

Los animales y su nuevo régimen jurídico🐶🐱⚖️. Ya no son cosas muebles sino seres vivos sintientes, según la nueva reforma del Código Civil.

Felicia Martínez, abogada de NBA Consulting, ha explicado en Radio Vega Baja las claves de esta reforma legal. Puedes escucharla en el siguiente link:

https://play.cadenaser.com/audio/1643288874_148097/?ssm=whatsapp

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¿Compraste un vehículo durante los años 2006 a 2013? PUEDES RECUPERAR ENTRE UN 10 Y UN 15 % DEL PRECIO.

by Marina -- |15/12/2021 |2 Comments | Abogado, Torrevieja

¿Qué es el cártel de coches y de qué manera afectó a los compradores de vehículos?

Desde febrero del año 2006 hasta julio del año 2013, fabricantes y distribuidores de automóviles participaron en lo que ya se ha denominado “cártel de coches”. Fabricantes y distribuidores se reunieron de forma periódica para intercambiar información confidencial, relacionada con la estrategia de gestión empresarial, postventa y marketing, con la finalidad de aumentar los beneficios de todos los participantes del cártel.

Los fabricantes y distribuidores, al tener información completa sobre la actuación en el mercado de sus potenciales competidores, fijaron los precios finales de venta, convirtiendo el negocio de venta de automóviles en un monopolio. De esta manera, los compradores no pudieron beneficiarse de un mercado libre y de posibles descuentos o mejores precios de mercado que pudieran ofrecerles algunos fabricantes y distribuidores.

Aunque habrá que analizar caso por caso, ya hay muchos estudios que demuestran que esta fijación indirecta de precios de venta ha supuesto un sobrecoste para el comprador final de, entre un 10 y un 15 %.

¿Cuáles son las marcas afectadas?

34 marcas de coches han participado en este cártel. Por mencionar algunas, Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroen, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota, Volvo.

¿Cómo pueden, los compradores afectados, reclamar una indemnización?

El comprador dispone de dos vías para efectuar su reclamación,

  • Una vía extrajudicial, donde reclamar directamente, a través de los servicios de atención al cliente o a través de las oficinas de consumo correspondientes.
  • Una vía judicial, a la que se puede acudir directamente o tras obtener una desestimación de una reclamación extrajudicial previa.

En cualquiera de los casos, para que la reclamación sea viable, es imprescindible acreditar el perjuicio soportado y cuantificar el daño concreto que ahora se reclama. Es decir, habrá que comprobar si, efectivamente, el vehículo que se adquirió, se adquirió a través de un concesionario y un fabricante de los que participaron en el cártel y en el período en que éstos participaron en el cártel, pues no todos participaron durante todo el tiempo y, en caso de ser así, cuantificar el importe concreto en el que se vio incrementado, indebidamente, el precio de su compra.

En las reclamaciones efectuadas, el afectado debe reclamar el sobrecoste que tuvo que soportar, los intereses devengados desde que efectuó la compra y las costas procesales, en caso de que la reclamación se lleve a cabo vía judicial.

¿Qué documentación se necesita para poder iniciar una reclamación?

  • Contrato de compraventa, leasing o renting.
  • Factura de adquisición del vehículo o justificante de pago, si el vehículo se adquirió a través de compraventa.
  • Póliza suscrita con la entidad financiera que concedió el leasing o renting, si el vehículo se adquirió a través de dichas figuras.
  • Ficha técnica del vehículo o, en su defecto, permiso de circulación del vehículo.

Desde NBA Consulting estamos ofreciendo a nuestros Clientes un servicio gratuito para analizar la viabilidad de su reclamación, por lo que si cree que puede haberse visto afectado por este sobrecoste en la adquisición de su vehículo, no dude en contactar con nosotros.

Carmen Sevilla

Abogada NBA Consulting

La indemnización por la compra de un vehículo

by Marina -- |03/12/2021 |0 Comments | Abogado

Os presentamos una entrevista con nuestra abogada Carmen Sevilla en Radio Orihuela Cadena Ser, donde ella explica las condiciones en qué será la indemnización por la compra de un vehículo. ¿Quiere consulta legal personal? ¡Contáctenos!

info@nbaconsulting.es, +34 96571 86 96

C\ Orihuela, 102  – 03181 Torrevieja (Alicante)

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