Abogado

La Letra Pequeña de la Lotería de Navidad

by Marina -- |21/12/2022 |0 Comments | Abogado, Asesoría

Un año más, desde NBA Consulting queremos acompañaros en las fiestas navideñas y haceros unas pequeñas recomendaciones para aquellos que compartáis vuestros billetes de Lotería de Navidad con amigos, familiares o compañeros de trabajo; así como informaros sobre la fiscalidad aparejada a los premios de la Lotería.

En el momento social en el que actualmente nos encontramos, donde el uso de la telefonía móvil está a la orden del día, compartir un décimo de Lotería de Navidad y dejar constancia de ello es tan sencillo como tomar una fotografía del billete -anverso y reverso- y enviarla a un grupo de Whatsapp, compuesto por todos los participantes del billete y, en dicho grupo, identificar a todos los intervinientes y sus porcentajes de participación. Así también, es recomendable dejar identificada a la persona que se hace depositaria del billete de Lotería.

Si el billete de Lotería es compartido con tu pareja, la situación será diferente si formáis o no matrimonio, si el matrimonio está sujeto a régimen de gananciales o de separación de bienes o si, en el peor de los supuestos, el matrimonio está en trámites de divorcio.

  • En el supuesto de resultar premiado un matrimonio sujeto a régimen de gananciales, el premio obtenido entrará a formar parte de la sociedad de gananciales, con independencia de quién haya sido el miembro del matrimonio encargado de comprar el billete.
  • En el supuesto de resultar premiado un matrimonio sujeto a régimen de separación de bienes, el premio será del miembro de la pareja que haya comprado el billete premiado, salvo que se haya comprado de forma compartida y, en este supuesto, el premio será compartido por ambos, pero entrará a formar parte del patrimonio privado de cada uno de los cónyuges.
  • Finalmente, en el supuesto de resultar premiado un billete de Lotería comprado por una persona casada en régimen de gananciales, pero en trámites de divorcio, esta persona podrá discutir la pertenencia, en exclusiva, del premio obtenido, sólo si se consigue demostrar que la separación efectiva con su expareja ya se había materializado y era una separación seria, prolongada y demostrada, al momento de resultar beneficiario del premio, y no una simple interrupción puntual de la relación y la convivencia.

En cuanto a las situaciones en las que todos nos podemos encontrar, relativas a la pérdida o deterioro de un billete de Lotería, desde NBA Consulting recomendamos, para el caso de pérdida del billete, denunciar este hecho tanto en Comisaría de Policía como en la Administración de Loterías y Apuestas del Estado y, para el caso de deterioro, dependerá de la envergadura del deterioro si la contingencia se podrá solucionar simplemente desde la Administración de Lotería, comunicándolo a la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado o si, en su caso, será necesario que la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se pronuncie.

Referente a la fiscalidad asociada a los premios de la Lotería de Navidad hay dos aspectos que tenemos que tener en cuenta, los primeros 40.000 € están exentos de tributación y, una vez descontados estos primeros 40.000 €, sobre la cantidad que exceda pagaremos un 20 % a Hacienda, cantidad que directamente nos retendrán desde la entidad financiera donde vayamos a cobrar el premio, si resultamos ser beneficiarios.

Una cuestión importante a tener en cuenta, si resultamos ser beneficiarios de un premio de la Lotería de Navidad y el billete era compartido, es que a la hora de ir a cobrarlo debemos identificar a todos los participantes, para que a todos se les aplique el 20 %, una vez descontados los primeros 40.000 €. De lo contrario, si sólo cobra el billete uno de los participantes, sólo estarán exentos de tributación 40.000 € y, cuando la persona que ha cobrado el premio completo entregue su parte al resto de participantes, dicha entrega de dinero, a efectos fiscales, será considerada una donación.

En último lugar, es importante tener en cuenta que si el premio es inferior a 2.000 € se puede cobrar directamente en cualquier Administración de Lotería e, incluso, se puede cobrar a través de la plataforma bizum pero si es superior a dicha cantidad se tendrá que cobrar directamente en una entidad financiera.

Desde NBA Consulting os deseamos Feliz Navidad.

Registro de Agentes de Intermediación Inmobiliarias

by Marina -- |02/11/2022 |1 Comments | Abogado, Actualidad, Inmuebles, Opiniones

Nuestra abogada Mariam Rodríguez acudió el pasado día 26 de Octubre a Radio Orihuela para hablar sobre el decreto del Registro de Agentes de Intermediación Inmobiliarias y resolver las dudas de los oyentes.

https://go.ivoox.com/rf/94924402

Además  no se pierda el artículo que publicó sobre este asunto.

https://nbaconsulting.es/2022/09/22/registro-de-agentes-de-intermediacion-inmobiliaria/

Si sigue teniendo dudas o necesita más información no dude en contactar con nosotros.

QUÉ HACER SI ERES NACIONAL RUSO Y TE HAN BLOQUEADO LA CUENTA. ЗАБЛОКИРОВАЛИ МОЙ СЧЁТ В ИСПАНСКОМ БАНКЕ: что делать?

by Marina -- |14/10/2022 |1 Comments | Abogado, Actualida, INTERNACIONAL

На сегодняшний день граждане РФ, живущие в Испании но не являющиеся налоговыми резидентами Испании, в связи с введенными санкциями Регламента 833/2014 «Об ограничительных мерах из-за действий России по дестабилизации ситуации в Украине» столкнулись с проблемой блокировки счетов.

По вышеуказанному закону сумма остатка не должна превышать 100.000 евро, но что делать если баланс не превышает лимит, а счет заблокирован?

1.- Обратиться непосредственно к менеджеру Вашего банка и узнать причину блокировки счета. Желательно делать это в письменном виде.

Банку необходимо актуализировать информацию подтверждающую источники дохода и если не предоставить запрашиваемую документацию вовремя, счет автоматически блокируют. Это самая частая причина по которой банки блокируют счета и о которой не всегда оповещают владельцев счетов.

Требуемые документы будут зависеть от происхождения Вашего дохода. Если это зарплата, то справка НДФЛ, если деньги от продажи недвижимости, то договор купли-продажи, если наследство, то документы о наследовании.

Важно знать что все предоставляемые документы должны быть переведены на испанский язык присяжным переводчиком (traductor jurado).

2.- Если после предоставления документов подтверждающих источник доходов счет не разблокирован, необходимо подать жалобу с требованием разблокировки и возврата доступа к счету.

Специалисты NBA Consulting помогут разобраться в причине блокировки счета и в случае необходимости подать соответствующие жалобы чтобы Ваш счет разблокировали.

EL NUEVO REGISTRO DE AGENTES DE INTERMEDIACIÓN INMOBILIARIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

by Marina -- |22/09/2022 |1 Comments | Abogado, Actualida, Inmuebles

El día 17 de octubre de 2022 entrará en vigor el Decreto 98/2022, de 29 de julio, del Consell, publicado en el Diario Oficial de la Generalidad Valenciana el pasado día 16 de agosto de 2022, por medio del cual se regula y normaliza el Registro de Agentes de Intermediación Inmobiliaria de la Comunidad Valenciana y se establecen los requisitos para la inscripción.

¿Qué es el Registro de Agentes de Intermediación Inmobiliaria de la Comunidad Valenciana?

El Registro de Agentes de Intermediación Inmobiliaria de la Comunidad Valenciana es un registro público, de naturaleza administrativa, gratuito y de carácter obligatorio, adscrito a la Consejería competente en materia de vivienda.

¿Quién tiene la obligación de inscribirse en el Registro de Agentes de Intermediación Inmobiliaria de la Comunidad Valenciana?

Los agentes de intermediación inmobiliaria, es decir, las personas físicas y jurídicas que, de forma habitual, se dediquen, profesional o empresarialmente, a la actividad de intermediación inmobiliaria dentro del territorio de la Comunidad Valenciana.

¿Qué requisitos deberán cumplir los agentes de intermediación inmobiliaria?

  1. Requisitos de ubicación y atención: deberán contar con un establecimiento abierto al público, salvo que se presten servicios exclusivamente a distancia, por vía electrónica o telemática.
  2. Requisitos de capacitación profesional: deberán disponer de algunas de las siguientes formaciones,
  • Poseer Título Oficial de Agente de la Propiedad Inmobiliaria.
  • Poseer una titulación universitaria perteneciente a la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería o Arquitectura.
  • Los poseedores de certificados de cursos de formación académica en materia inmobiliaria.
  1. Requisitos de solvencia: deberán contratar aval o seguro de caución y seguro de responsabilidad civil profesional, que harán constar en el contrato de mandato o nota de encargo.

¿Qué efectos tiene la inscripción en el Registro de Agentes de Intermediación Inmobiliaria de la Comunidad Valenciana?

La inscripción permite acreditar que la persona física o jurídica inscrita reúne los requisitos y condiciones para prestar la actividad inmobiliaria.

Una vez realizada la inscripción, el agente de intermediación inmobiliaria recibirá un distintivo normalizado de inscripción, que podrán exhibir en el local comercial, página web y demás documentos.

Los agentes de intermediación inmobiliaria que, al momento de la entrada en vigor de la norma, estén ejercitando labores de mediación inmobiliaria, ¿qué plazo disponen para la inscripción?

Los agentes de intermediación inmobiliaria que presenten la solicitud de forma individual, disponen del plazo de un año y aquellos que presenten la solicitud de forma colectiva, disponen de un plazo máximo de seis meses, en ambos casos a contar desde la entrada en vigor de la norma.

En NBA Consulting nos ponemos a su disposición para analizar, de forma individualizada, su caso concreto y nos encargamos de gestionar y tramitar la inscripción en el Registro de Agentes de Intermediación Inmobiliaria de la Comunidad Valenciana. Si desea más información, contáctenos sin compromiso y le ayudaremos en lo que necesite.

PATINETES ELÉCTRICOS: CLAVES PARA EVITAR INFRACCIONES Y MULTAS.

by Marina -- |06/09/2022 |0 Comments | Abogado, Tráfico

PATINETES ELÉCTRICOS: CLAVES PARA EVITAR INFRACCIONES Y MULTAS.

 

La movilidad en las ciudades está cambiando y a ello está contribuyendo, indiscutiblemente,  la proliferación del uso de los patinetes eléctricos. La clave está en gestionar esta movilidad de forma segura y sostenible.

Para ello, desde NBAConsulting ayudamos a nuestros lectores a tener claros los principales aspectos para circular por la localidad de Torrevieja con patinete eléctrico evitando el riesgo de ser sancionado.

  1. ¿Qué es un patinete eléctrico?

 

Los patinetes eléctricos –o vehículos de movilidad personal (VMP), como los llama la Ley de Tráfico y Seguridad Vial– se definen como vehículos de una o más ruedas, propulsados exclusivamente a motor y de una única plaza.

Es importante recalcar esto último, pues está prohibido transportar a más de una persona en el patinete.

  1. ¿Por dónde se puede circular con patinete eléctrico?

Estos vehículos están pensados para circular por núcleo urbano. El reglamento de circulación prohíbe que circulen por travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado, así como por túneles urbanos.

 

Por su parte, la Ordenanza Municipal de Movilidad y Circulación del Ayuntamiento de Torrevieja, más concretamente indica:

 

“Deberán circular por el arcén o, en caso de que éste no exista, por la parte de la calzada más cercana al lado derecho de la misma y siempre según el correcto sentido de la marcha. Los VMP podrán utilizar también los carriles – bici siempre que no superen los 20 Km/H.”

Los patinetes eléctricos pequeños (los que solemos ver por las calles), además podrán circular “por los parques públicos, las zonas peatonales, los paseos y las aceras cumpliendo los siguientes requisitos:

  1. Que no exista aglomeración de personas y que no supongan un peligro para los viandantes.
  2. Que circulen a una velocidad similar a la de los peatones y en todo caso a una velocidad no superior a 6 Km/H.
  3. Que mantengan distancia de separación mínima de al menos 1 metro respecto del resto de viandantes y respecto de la línea de fachada o terrazas de mesas y sillas.
  4. Que se abstengan de realizar maniobras que afecten negativamente a la seguridad vial.”
  5. ¿Cuál es la velocidad máxima que pueden alcanzar los patinetes eléctricos?

Debe estar comprendida entre 6 km/h y 25 km/h.

  1. ¿Es necesaria autorización administrativa?

Si se trata de patinetes eléctricos pequeños no.

  1. ¿Es obligatorio el uso de casco?

Entendemos que sí. Y decimos que entendemos porque la regulación al respecto es un tanto confusa.

Con la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, en vigor desde el 21 de marzo y aplicable a todo el territorio nacional, el uso de casco es obligatorio para los conductores de patinetes eléctricos en los términos que reglamentariamente se establezcan.

Esos términos reglamentarios están siendo objeto de estudio por la DGT, de modo que todavía no se han publicado.

Sin embargo, la Ordenanza Municipal de Torrevieja no impone que sea obligatorio el uso de casco, aunque sí lo recomienda. Todo ello, salvo que una norma de rango superior fije lo contrario.

La Ley de Tráfico es una norma superior en rango a la Ordenanza municipal torrevejense y establece su obligatoriedad, pero no se ha desarrollado reglamentariamente en qué condiciones. De ahí la confusión.

 

A la vista de esta confusión normativa, desde NBAConsulting entendemos que jurídicamente sí sería exigible el uso de caso para evitar una posible sanción.

  1. ¿Es obligatorio el uso de algún elemento reflectante?

De noche o en condiciones de baja o reducida visibilidad, los usuarios de los VMP deberán llevar elementos, chalecos u otras prendas reflectantes, así como en su caso luces amarillas delanteras y luces rojas traseras para una mayor seguridad de sus usuarios.

  1. ¿Qué conductas son sancionables?

 

Entre las más reseñables destacamos:

  • Infringir las normas de circulación, es decir, se han de respetar semáforos y demás señalizaciones así como límites de velocidad.
  • No está permitido circular con auriculares, ni conducir bajo los efectos del alcohol.
  • Tampoco está permitido circular con patinete eléctrico si eres menor de 16 años, salvo que lo hagas con la responsabilidad de una persona adulta.

 

  1. ¿Qué sanciones pueden ser impuestas?

Se establecen multas de hasta 100 euros por las infracciones de carácter leve, de hasta 200 euros por las de carácter grave y de hasta 500 euros por las de carácter muy grave.

  1. ¿Es obligatorio el seguro de responsabilidad civil?

Por el momento, no es necesario un seguro de responsabilidad civil, pero sí recomendable.

Si dispones de seguro del hogar podrías consultar si tienes la cobertura incluida.

Las ventajas de esta nueva modalidad de circulación son incuestionables, si bien la novedad que supone hace que las ciudades tengan que regular su utilización para evitar al máximo los accidentes que de su uso se puedan derivarse.

De estas novedades en la regulación estaremos pendientes desde NBAConsulting para asesorar a nuestros lectores en un uso responsable y seguro de los patinetes eléctricos.

Fuentes consultadas.

  • Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
  • Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

 

  • Ordenanza Municipal de Movilidad y Circulación del Ayuntamiento de Torrevieja.

 

 

                  Andrea Aguinaco Alonso.

 

Ley de la Propiedad Horizontal 2022, novedades e información clave

by Marina -- |18/08/2022 |2 Comments | Abogado, administración de fincas, Inmuebles

En el año anterior pasaron muchas cosas, sobre todo en el sector inmobiliario donde se introdujo una modificación de la Ley 49/1960 de 21 de julio. A continuación, les mostramos las reformas que han dado lugar a la actualizada Ley de Propiedad Horizontal 2022 y las novedades destacadas que introduce.

Fomentar la rehabilitación de edificios

Uno de los aspectos novedosos de la actualización de la Ley y que afecta a la Propiedad Horizontal es que promueve medidas urgentes para fomentar el proceso de rehabilitación por parte de particulares y empresas mediante el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y las Ayudas 2022.

Las comunidades tienen voz en la Ley de la Propiedad Horizontal 2022

Este punto es muy importante ya que  dota a las comunidades de propietarios de poder para tomar decisiones relevantes respecto a la realización de obras que permitan lograr una mejora energética del inmueble en su conjunto.

Las comunidades de propietarios pueden, además, deducirse hasta el 20% del coste de las obras realizadas con este objeto, y donde también se contemplan ayudas para la instalación de ascensores. Eso sí, de momento solo hasta el 31 de diciembre de 2022.

Capacidad crediticia de las comunidades

La Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana también ha sido sometida a estudio y modificada.  Se ha logrado que las comunidades de propietarios tengan capacidad jurídica para realizar operaciones de crédito ya sea para conservar, como para rehabilitar o mejorar las viviendas y edificios.

Esta parte  de la reforma que afecta a la LPH 2022 es muy importante ya  que otorga la posibilidad a los propietarios de acceder a la contratación de proyectos de rehabilitación y de regeneración urbana, así como para solicitar créditos y subvenciones destinadas a las mismas. Sin esta reforma era imposible.

En la Ley de Propiedad Horizontal 2022, el disidente debe igualmente contribuir

Esta es otra de las novedades más destacadas de la Ley de la Propiedad Horizontal 2022:

Aunque uno de los propietarios no esté de acuerdo, igualmente deberá contribuir en las obras que se hayan pactado por mayoría para la rehabilitación del edificio.

El importe de las reformas realizadas se encuadrará en la partida de gastos generales de la comunidad de propietarios. Esto hace que  los trámites para ejecutar las reclamaciones de deudas  se aligeren pues ahora tienen orden preferente.

La financiación y participación estatal, clave en la Ley de Propiedad Horizontal 2022

Las ayudas y reformas que afectan a la Ley de Propiedad de la Ley Horizontal 2022 tienen el objetivo de lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible propuestos en la Agenda 2030.

La cobertura por parte del Estado respecto a las reformas que se quieran realizar en el edificio ejerce de importante aval y propulsor.  Esto proporciona el momento perfecto para aprovechar las novedades que introduce la LPH 2022 respecto a los objetivos de mejora energética.

Sin el apoyo público financiero y jurídico sería prácticamente imposible lograr la meta: un futuro sostenible que se construye paso a paso.

El objetivo de las novedades introducidas en la Ley de Propiedad Horizontal 2022 es acelerar el proceso de descarbonización de los edificios residenciales para mejorar hasta en un 30%, como mínimo, su eficiencia energética.

Además, también se pretende lograr urbanizaciones y barrios más sostenibles, algo que se recoge en distintos planes pensados para entidades privadas y públicas con capacidad legal y financiera para sostener una reforma de tal envergadura.

La LPH 2022 y los propietarios de casas independientes y chalets

Si no vives en una comunidad, sino que tienes una vivienda unifamiliar independiente, una casa terrera, un adosado u un chalet, igualmente puedes beneficiarte de las deducciones fiscales para rehabilitar energéticamente tu hogar a través de los Planes de Ayuda que se han prorrogado hasta este año 2022.

Recuerda que estas reformas para la mejora de la eficiencia energética también contemplan la introducción de ascensores o elevadores eficientes que faciliten la movilidad de las personas.

El Supremo abre la posibilidad de pagar el IVA después de cobrar la factura

by Marina -- |04/08/2022 |0 Comments | Abogado, Asesoría, Asesoría Fiscal

El Tribunal Supremo ha abierto la puerta con una pionera sentencia a que autónomos, profesionales liberales y pequeñas y medianas empresas puedan declarar el devengo del IVA una vez que lo hayan cobrado.

Este fallo de la Sección Segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo da la razón al abogado Francisco Tejado Vaca, que recurrió el pago de una cuota de 73.08 euros de una minuta correspondiente al ejercicio de su profesión.

Tejado Vaca había impugnado la liquidación provisional girada con fecha del 27 de septiembre de 2016 correspondiente al cuarto trimestre de 2015. El órgano gestor incrementó la cuota en estos 73.08 euros procedente de operaciones no declaradas correspondiente a la prestación de sus servicios como abogado. Por ello, denunció el ataque a la libertad de empresa y al derecho fundamental de la propiedad.

Aunque el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ya había dado la razón al abogado en 2019, la Abogacía del Estado presentó un recurso contra este fallo, que finalmente el Supremo ha desestimado.

El abogado sevillano celebra el fallo del alto tribunal, pero se mantiene crítico con la jurisprudencia actual: “Es una sentencia pionera porque viene a dar claridad a esta cuestión, que era un poco pantanosa por las distintas interpretaciones que se podían derivar de la propia esencia de la cuestión. Lo vuelvo a decir: la ley no es precisa ni clara ni tampoco lo es la ley del IVA.”

Novedad en la materia de Extranjería

by Marina -- |01/08/2022 |1 Comments | Abogado, Actualida, INTERNACIONAL

El pasado 26 de julio del 2022 el Consejo de Ministros aprobó Real Decreto 629/2022 que reforma el reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería con el objetivo de mejorar el modelo migratorio español y sus procedimientos. Las modificaciones normativas persiguen favorecer la incorporación al mercado laboral de las personas que se encuentran en España, reforzar las vías de migración regular y mejorar el sistema de gestión.

Para facilitar la incorporación al mercado laboral de las personas que están en España, se realizan tres importantes modificaciones:

En primer lugar, se mejora la normativa para favorecer la permanencia de los estudiantes, incrementando sus posibilidades de trabajar y atrayendo con ello talento internacional. En este ámbito, se permite que los estudiantes compaginen trabajo y formación, siempre que sean compatibles con los estudios realizados y no superen las 30 horas semanales y se eliminan las restricciones a la incorporación de los estudiantes al mercado laboral tras la finalización de los estudios (hasta ahora era necesaria una estancia de tres años en España para poder obtener un permiso de trabajo).

Actualización de las figuras de arraigo y reagrupación

En segundo lugar, se actualizan las figuras de arraigo y de reagrupación familiar. En el caso del arraigo laboral, se limita la figura preexistente para personas que se encuentran en situación irregular, pero han realizado una actividad laboral en situación regular durante los dos últimos años y se crea una nueva modalidad de autorización que fomenta la figura del confidente y la lucha contra la economía sumergida, mediante la acreditación de 6 meses de trabajo irregular. En cuanto al arraigo social, el contrato que se presente para solicitar la autorización no se valorará por su duración, sino por su adecuación al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Además, este podrá ser inferior de mínimo 20 horas en los casos que se acredite menores a cargo, y también flexibiliza la posibilidad de presentar varios contratos.

En cuanto a la reagrupación familiar, se crea un régimen propio del familiar del ciudadano español que desea mantener en España su unidad familiar, y también se flexibilizan los requisitos de reagrupación familiar cuando afectan a menores, o a personas con discapacidad o en situaciones de vulnerabilidad.

En tercer lugar, incluye una nueva figura de arraigo por formación, que concede una autorización de residencia por un periodo de 12 meses a los extranjeros que han permanecido en España de forma continuada durante un periodo mínimo de dos años si se comprometen a realizar una formación reglada para el empleo.

Mejoras en la migración regular y en la gestión

En cuanto a las medidas de refuerzo de la migración regular, la normativa incorpora tres grandes novedades. En primer lugar, una racionalización de los requisitos exigidos para los trabajadores autónomos procedentes de terceros países; en segundo lugar, una mejora de los trámites de contratación en origen mediante la incorporarán automática al Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura de aquellas ocupaciones pertenecientes a los sectores económicos que se determinen por acuerdo de la Comisión Delegada de Asuntos Económicos a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y una reducción de plazos.

Finalmente, la normativa también mejora el modelo de migración circular, dotando de mayor estabilidad a trabajadores y empresas y reduciendo las cargas administrativas. En este sentido, las autorizaciones serán plurianuales y habilitarán a trabajar 9 meses al año durante 4 años y este modelo podrá ser utilizado por cualquier sector en el que exista déficit de trabajadores.

Por último, el real decreto también incorpora mejoras en la gestión administrativa mediante la creación de la Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería (UTEX), de forma que se agilicen los trámites, se avance hacia la ventanilla única y se homogeneice la aplicación de la normativa de extranjería en todos los territorios.

Enlace a la leyBOE.es – BOE-A-2022-12504 Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.

SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL TURISMO RESIDENCIAL

by Marina -- |29/06/2022 |0 Comments | Abogado, Sin categoría

El Turismo Residencial, es el que realiza un Turista, una persona No-residente, cuando adquiere una vivienda para residir en ella, tanto de forma esporádica como permanente.

Durante muchos años, mas de tres décadas, se ha considerado en nuestra Provincia, que el Turismo de Hotel, era un Turismo más conveniente para el desarrollo económico de la ciudad, que el Residencial.
Pero ha sido la Crisis del año 2009 y mas tarde la Pandemia, las que han acreditado que el Turismo Residencial, representa una forma más estable de generación de riqueza y de empleo que el Hotelero, porque permite crear más empleos, más diversos y estables. Además genera muchos mas ingresos para las Administraciones Públicas, que terminan generando más servicios públicos.
El Turismo Residencial, es sin duda, la primera fuente de riqueza de la Vega Baja, de la Costa Blanca y de la Provincia de Alicante.

Es una actividad económica creada por la iniciativa privada, por las Agencias Inmobiliarias Extranjeras y por las empresas Promotoras locales, constituidas en su gran mayoría por nuestros Emigrantes de las décadas de los años 60 y 70, que tras varios años en Suiza, en Francia y en Alemania, en condiciones de trabajo muy duras, adquirieron los suficientes recursos económicos y los conocimientos, para organizar y construir las viviendas que demandó el Turista Residencial, en las décadas de los años 70 y 80. Y supo hacerlo, al precio que nadie era capaz de construir y con la generosidad suficiente en el pago de honorarios a las Agencias Inmobiliarias Extranjeras, que estas volcaron todos sus esfuerzos en convencer a sus clientes, que las Costas del Sur de la Provincia de Alicante,. eran las mejores de Europa.

  • Es la actividad económica que más empleos directos e indirectos, genera y la que produce mayor cantidad de ingresos para la Administración Municipal, la Autonómica y la Estatal, en nuestra zona.
    Como es consustancial al carácter Español, no cuidamos nuestros Valores, no damos gran relevancia a las conquistas de nuestra sociedad, y El Turismo residencial, a pesar de cuanto acabamos de decir, apenas si está analizado por el INE y valorado en su justa medida, por nuestras Administraciones.
    Podemos exponer algunos datos publicados, por el Instituto Nacional de Estadística (INE):
  • En Toda la Comunidad Valencia: En el año 2021, se han transmitido 137.746 viviendas, de las que 26.463, fueron por Herencia, en su gran mayoría de extranjeros:
  • Valencia: 63.210 viviendas.
  • Alicante: 56.612 viviendas, y 9.483 por Herencia.
  • En la Comunidad de Madrid. En el año 2021, con dos millones más de habitante y con un PIB el doble que la Comunidad Valencia, se realizan casi las mismas Transmisiones de Inmuebles (139.707) que en nuestra Cdad Valenciana:
  • PIB Madrid: 216.000€ Millones
  • PIB Cdad Valenciana: 104.000 Millones de Euros.
  • Los datos proporcionados por los Registros de la Propiedad, permiten comprobar que la Venta de viviendas en la Provincia de Alicante, superó a las ventas de la Provincia de Málaga, donde la Costa del Sol representa el paradigma Mundial del Turismo Residencial:
  • Año 2021, Málaga: 49.751 transacciones de Inmuebles.

NBA Consulting, ofrece Servicios Jurídicos especializados al Turismo residencial desde hace 25 años.
Digamos que el Turismo Residencial es nuestra primera Fuente de Riqueza, es nuestro Petróleo y Gas natural a la vez, si se me permite el símil, al que debemos cuidar y fomentar, ofreciéndole el mejor servicio posible, el más profesional.

Las Administraciones Locales, la Autonómica y la Central, y los Profesionales del Sector, tenemos la enorme responsabilidad Histórica de cuidar a este Sector Económico, porque está aquí nuestro futuro y el de nuestros hijos.
Por tanto, es muy necesario, que los Profesionales del Sector, las empresas vinculadas a esta Actividad y las Administraciones Publicas, nos esforcemos en ofrecer los Mejores Servicios Profesionales que precisa el Sector.
Desde una perspectiva didáctica, podemos clasificar en dos grandes Grupos a las personas que demandan los Servicios Profesionales en el Sector del Turismo Residencial:
A. Los que necesitan los Extranjeros Comunitarios y Extracomunitarios, que adquieren una vivienda en nuestra Comarca de la Vega Baja.
B. Los que precisan los Profesionales y Empresarios, que actúan en alguna de las áreas de esta amplia Actividad Económica.
Todos los servicios profesionales que se prestan en este Sector tienen como denominador Común, que están destinados a Personas que proceden de países de mayor Nivel económico, de sociedades donde hay un mayor nivel de exigencia en los Servicios Públicos y Privados, y por tanto, debemos ofrecer esos mismos niveles de servicios, a los que ellos, están acostumbrados en sus países de Origen.

Como ya he expuesto, la mayor parte de los empleos privados en la Comarca están vinculados al Sector del turismo residencial, directa o indirectamente.
De este modo, podemos decir, y a modo de ejemplo, que los Promotores que desarrollan sus Promociones en alguno de los Municipios de la Costa (Orihuela-Costa, Torrevieja, Pilar de la Horadada, Guardamar, Almoradí, Rojales, Dolores, Los Montesinos, San Miguel, San Fulgencio, las dos Dayas, entre otros), deben asesorase por Profesionales especializados en el Sector. Baste como ejemplo, que todo el proceso de la Compraventa de una vivienda, por un extranjero precisa servicios especiales, tales como:
– Asesoramiento en la redacción de Contratos redactados en dos idiomas, Español y el del Origen del Cliente.
– La ayuda y asesoramiento, en la apertura de las Cuentas bancarias necesarias para los pagos,
– La redacción de los Estatutos Comunitarios, nunca están pensados para los extranjeros que en mas del 90% van a residir en esos residenciales.
– La ayuda y asesoramiento, en el cumplimiento del Blanqueo de capitales, etc.. la redacción y explicación de cuantas obligaciones genera la compraventa al cliente Extranjero, son servicios profesionales que el promotor diligente y preocupado por su negocio, puede y debe ofrecer, a través de los Juristas especializados pueden ofrecer.

Todos los Profesionales y Empresarios, que prestan sus servicios a Inversores y a los extranjeros que adquieren una vivienda en España, o simplemente contratan una reforma, o adquieren el mobiliario necesario para sus viviendas, deben cumplir con la normativa estricta y poco clara, del Blanqueo de Capitales.
Cada entidad bancaria, interpreta la normativa y establece sus directrices internas, que hacen difícil, a veces, las transacciones con extranjeros, especialmente los extracomunitarios.

Es de significar, la enorme injusticia que se está realizando con los clientes Rusos, que han decido invertir en España, en nuestra zona, o simplemente adquirir una vivienda. Es tremendamente injusto, que se castigue a estas personas que viene a crear riqueza en la zona, cuando ellos no tienen ninguna influencia en las decisiones del Gobierno ruso, cuando además, estamos viendo como la Unión europea, fracasa en sus decisiones de sanciones contra el Gobierno de Putin. Esta idea de castigar a todos los Rusos, por lo que hace su Gobierno, no solo es injusto, sino, que produce enorme perjuicio a este sector del turismo residencial
A modo de ejemplo, podemos decir, que, para los empresarios Promotores, que como hemos dicho en varias ocasiones en esta entrevista, son la primera piedra del Sector del turismo residencial, las entidades bancarias les prohíben abrir una cuenta bancaria, sino, reúnen el requisito de tener previamente garantizada las futura entregas a cuenta; requisito, que en la mayor parte de las ocasiones es imposible cumplir para los empresarios pequeños, y requisito enormemente más exigente, del que se establece para los Promotores que interviene en el mercado de la primera residencia, en ciudades grandes.

Por lo expuesto, considero que no es posible actuar en este mercado de forma segura y profesional, sin el Asesoramiento de especialistas.

La Audiencia Provincial de Alicante estima el recurso de apelación presentado por NBA Consulting

by Marina -- |21/06/2022 |0 Comments | Abogado

La Audiencia Provincial de Alicante  en su sentencia anula parcialmente el trabajo realizado fuera de plazo por un Juzgado de Instrucción de Torrevieja . Esto pone de manifiesto la intención de los Tribunales de Justicia  de evitar los retrasos injustificados en los procedimiento penales.

La Audiencia Provincial de Alicante estima el recurso de apelación presentado por NBAConsulting en el marco de un procedimiento de Blanqueo de Capitales.

La Sección nº11 de la Audiencia Provincial de Alicante en su Auto de 26 de mayo de 2022 acaba de estimar el recurso de apelación presentado por la abogada penalista de NBAConsulting, Andrea Aguinaco Alonso, declarando ilegales por extemporáneas las diligencias de pruebas obtenidas sin respetar el plazo legalmente conferido.

El recurso se presentó en el marco de un procedimiento penal seguido en los Juzgados de Torrevieja por presunto delito de Blanqueo de Capitales.

En este sentido, la Ley de Enjuiciamiento Criminal (texto legal que se encarga de regular las reglas del proceso) fija un plazo máximo de 12 meses desde la incoación de la causa para que se desarrolle la investigación judicial. No obstante, consciente el legislador de que existen investigaciones que por su complejidad, el volumen de implicados o diligencias que haya de practicarse en el extranjero (con la consiguiente demora que ello supone), implicaría dejar impunes las más voluminosas o dificultosas causas criminales , concede la posibilidad de que el juez instructor acuerde prórrogas sucesivas por períodos de hasta seis meses sujeto a una única condición, cual es, que dicho juez instructor dicte auto de prórroga antes de que finalice dicho plazo de doce meses, donde motive las razones que hacen necesario mayor tiempo para investigar el/ los delitos que dieron lugar al inicio de la causa.

Pues bien, en el caso que nos ocupa, no se dictó este auto de prórroga de modo que se ordenaron y practicaron pruebas fuera del plazo de 12 meses y, por ende, sin cumplirse las garantías procesales legalmente exigibles.

Entre esas pruebas extemporáneas se encontraba la toma de declaración como investigados de nuestros defendidos. Ante la vulneración del derecho a un proceso con todas las garantías (reconocido en el art. 24 de la Constitución española) y la posible indefensión que ello causaría en los mismos, desde NBAConsulting presentamos los pertinentes recursos de reforma y subsidiario de  apelación, siendo estimado este último por la Audiencia Provincial de Alicante, Sección nº11.

Dicha Sección estima nuestro recurso y las alegaciones expuestas en él y confirma que se practicaron diligencias de investigación fuera del plazo legalmente establecido lo que convierte en ilegales tales diligencias de investigación, entre ellas, la de nuestros defendidos. En consecuencia, resuelve que ha de cerrarse inmediatamente la investigación obligando al juez de instancia a dictar la resolución que proceda (auto de sobreseimiento o de continuación del Procedimiento abreviado ex 779.1 LECrim ) sólo con el material probatorio obtenido hasta la fecha en que se cumplieron los doce meses desde la incoación de la causa.

La Audiencia Provincial de Alicante aplica, por tanto,  la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo en su reciente sentencia de 3 de noviembre de 2021 como ya lo hicieran Audiencias como la de Madrid, Barcelona o Córdoba, entre otras, y confirma el carácter preclusivo del plazo de doce meses para realizar diligencias de investigación si no se ha dictado el preceptivo auto de prórroga, obligando al juez a concluir la instrucción y tomar una decisión sola y exclusivamente con el material probatorio que figure hasta la fecha de cumplimiento de los doce meses.

Referencias de interés:

  • Tribunal Supremo, Sala Segunda, de lo Penal, Sentencia 836/2021 de 3 Nov. 2021, Rec. 4081/2019.
  • Audiencia Provincial de Alicante, Sección nº11 Elche, Auto 265/2022.

Escrito por abogada de NBA Consulting Andrea Aguinaco Alonso

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